La Audiencia Nacional declara nulo el ERTE de la aerolínea Air Nostrum
El tribunal encuentra irregularidades en el periodo de consultas con los sindicatos
La Audiencia Nacional ha declarado nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de la aerolínea Air Nostrum por irregularidades en el periodo de consultas con los sindicatos. El ERTE de la filial de Iberia rechazado por la Audiencia había sido aprobado por la Dirección General de Empleo el 16 de marzo de 2012 y ratificado por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el pasado 26 de septiembre.
En una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, la Sala de lo social de este tribunal estima el recurso presentado por el sindicato de pilotos Sepla contra la reducción temporal de la jornada y el salario de la plantilla de la empresa durante dos años recogida en el expediente.
La sala justifica su decisión en el hecho de que durante el periodo de consultas se articularon dos comisiones negociadoras paralelas e independientes, una con el Sepla para el colectivo de pilotos y otra con el resto de sindicatos para el resto de colectivos —tripulantes de cabina, personal administrativo, etc.—. Este desdoblamiento del período de consultas por colectivos no se contempla en la ley ni en el Real Decreto 801/2011 y, según los magistrados, "no tiene razón de ser ante una medida que afecta a toda la plantilla por las mismas causas y en virtud de un mismo expediente".
La Audiencia Nacional defiende que, como la medida se planteó "con afectación a todos los departamentos y trabajadores", las reducciones de jornada y suspensiones de contrato obligaban a pilotos, tripulantes de cabina, personal de administración, personal de handling y técnicos de mantenimiento. Sin embargo, añade la sentencia, "la empresa puso en marcha dos comisiones negociadoras distintas y simultáneas, para abordar, por un lado, la aplicación de la medida a los pilotos, y por otro, al resto de colectivos".
Air Nostrum ha anunciado su intención de recurrir ante el Supremo esta decisión al entender que la sentencia que declara nulo el ERTE no cuestiona el fundamento del mismo y se limita a invocar "un supuesto defecto formal que ni siquiera fue cuestionado por las partes en litigio".
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