_
_
_
_

La Audiencia no ve discriminatorio que las eléctricas financien el déficit de tarifa

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo falla en contra de las 'cinco grandes'

La Audiencia Nacional ha rechazado la pretensión de Iberdrola de que la obligación de que las cinco mayores compañías del sector (Endesa, Gas Natural Fenosa, Hidrocantábrico, E.ON y la propia Iberdrola) sean las responsables ellas solas de cubrir el déficit de tarifa "no es discriminatorio". En dos sentencias publicadas el pasado 19 de diciembre, la Audiencia sostiene la decisión de la Comisión Nacional de la Energía de seguir cobrando únicamente a las cinco grandes por la diferencia entre los gastos y los ingresos regulados, diferencia que en los primeros once meses de 2012 ascendió a 4.072 millones de euros, según la CNE.

La eléctrica había solicitado la devolución de los 184 millones de euros en concepto de liquidación del déficit tarifario que el regulador eléctrico había recogido. Según los argumentos de Iberdrola, el que las cinco grandes hayan de financiar el déficit en su integridad no tiene "justificación objetiva y razonable", dado que estas empresas solo ocupan un 58,98% del mercado de generación eléctrica. La compañía dirigida por Ignacio Sánchez Galán ha indicado que el déficit estructural se debe a una política de la Administración tomada por razones "macro y microeconómicas y sociales" que no tienen nada que ver con las compañías eléctricas. Iberdrola también ha señalado que el que la responsabilidad de cubrir el déficit corresponda a la empresa matriz del grupo afecta a la imagen global de la empresa, especialmente a su capacidad de obtener financiación en los mercados internacionales.

La Abogacía del Estado se ha opuesto a las pretensiones de inconstitucionalidad de Iberdrola señalando que "el sistema es viable y ha sido aceptado por los agentes del sector eléctrico", incluida la propia eléctrica. Con respecto al potencial del déficit de tarifa de lastrar los balances de la compañía, la defensa ha recordado que Iberdrola "lleva catorce años participando del sistema, ha recuperado los costes vinculados a su construcción y mantenimiento, y los déficits tarifados aparecen en el balance como un activo con una rentabilidad mínima igual al euríbor".

En las sentencias, la Sala considera que hay un "objetivo legítimo" de obligar a las empresas "más significativas" del sector eléctrico a pagar, ya que se presume de ellas "una mayor capacidad para soportar dicha prestación". Además, el tribunal recuerda que el resto del sector de generación eléctrica "no queda al margen del objetivo de paliar el déficit", y pone el ejemplo de la suspensión de las primas a las energías renovables y de los incentivos al consumo de carbón español. Las decisiones, contra las que cabe recurso, desestiman la petición de Iberdrola y obligan a la eléctrica a hacerse cargo de las costas del juicio.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_