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Iberia Express pide anular el laudo al suponerle 15 millones de sobrecoste

El árbitro Jaime Montalvo, designado por el Gobierno, dictó un laudo de obligado cumplimiento, para acabar con el conflicto entre Iberia Operadora y el sindicato de pilotos Sepla en la compañía

La sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que se ha celebrado la vista por la petición de Iberia Express de que se invalide el laudo
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que se ha celebrado la vista por la petición de Iberia Express de que se invalide el laudoEFE

Iberia Express solicitó hoy al juez de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que anule el laudo arbitral de mayo pasado, que acabó con la huelga de los pilotos de Iberia, ya que su aplicación le supondría, entre otros perjuicios, un sobrecoste salarial superior a los 15 millones de euros anuales. Se trata de una cifra estimada a 14 años vista, con una flota de 30 aviones (la actual es de 12) y una plantilla de 150 pilotos (la actual es de 100), una tripulación de cinco comandantes y cinco pilotos por aeronave.

El pasado 24 de mayo, el árbitro Jaime Montalvo, designado por el Gobierno, dictó un laudo de obligado cumplimiento, para acabar con el conflicto entre Iberia Operadora y el sindicato de pilotos Sepla en la compañía, surgido a raíz de la creación de la filial para vuelos de corto y medio recorrido, Express

El sobrecoste estimado por Iberia Express procedería del escalafón único establecido por el árbitro para los pilotos de Iberia y su filial, y que obliga a esta última a reclutar a sus comandantes entre los copilotos de la matriz.

En la vista celebrada hoy en la Audiencia Nacional por la demanda presentada por Iberia Express, su abogada, Nazaret Clemente, del bufete Ramón y Cajal, alegó que el laudo tiene naturaleza de convenio colectivo, al que la filial de Iberia es ajena, pese a lo cual le afecta incluso más que a las dos partes implicadas directamente.

Clemente defendió que Iberia Express es un tercero que no intervino en la negociación del fallido octavo convenio colectivo de los pilotos de Iberia, ni en las huelgas que éstos habían convocado y tampoco fue considerada parte del conflicto en el acuerdo del Consejo de Ministros del 27 de abril que imponía el laudo arbitral.

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