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Los ERE no se pararán aunque falte documentación

Trabajo tendrá que elaborar un informe con estas circunstancias pero no podrá detener el trámite

Manuel V. Gómez
Concentración en protesta por la aprobación de la reforma laboral en Navarra.
Concentración en protesta por la aprobación de la reforma laboral en Navarra.J. DIGES (EFE)

La reforma laboral ha eliminado la autorización administrativa en los despidos colectivos. Ahora su papel queda reducido al de velar por que se cumpla con los requisitos que marca la ley. No obstante, si en el proceso el empresario no presentara la documentación para acreditar que concurren las causas aducidas o no se produce el número mínimo legal de reuniones, la Inspección de Trabajo tendrá que elaborar un informe recogiendo estas circunstancias pero no podrá detener el trámite, según el borrador del reglamento de despidos colectivos y suspensiones de empleo al que ha tenido acceso este diario.

El citado texto también detalla la documentación y la información que el empresario tiene que presentar una vez comunique a los representantes de los trabajadores su decisión.

El Ministerio de Empleo ha elaborado este reglamento, que ya ha remitido a los agentes sociales, con retraso, pues en la propia reforma laboral, aprobada en febrero, se daba un plazo de un mes.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

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