Los ERE no se pararán aunque falte documentación
Trabajo tendrá que elaborar un informe con estas circunstancias pero no podrá detener el trámite
La reforma laboral ha eliminado la autorización administrativa en los despidos colectivos. Ahora su papel queda reducido al de velar por que se cumpla con los requisitos que marca la ley. No obstante, si en el proceso el empresario no presentara la documentación para acreditar que concurren las causas aducidas o no se produce el número mínimo legal de reuniones, la Inspección de Trabajo tendrá que elaborar un informe recogiendo estas circunstancias pero no podrá detener el trámite, según el borrador del reglamento de despidos colectivos y suspensiones de empleo al que ha tenido acceso este diario.
El citado texto también detalla la documentación y la información que el empresario tiene que presentar una vez comunique a los representantes de los trabajadores su decisión.
El Ministerio de Empleo ha elaborado este reglamento, que ya ha remitido a los agentes sociales, con retraso, pues en la propia reforma laboral, aprobada en febrero, se daba un plazo de un mes.
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