Economía se hace con el control de las cajas que pasen a ser fundaciones
El Banco de España y la CNMV opinarán sobre la viabilidad de las operaciones
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha decidido atar cabos sueltos en la reforma del sector financiero. Con el esquema en vigor, las cajas que pasasen a ser fundaciones quedaban bajo el paraguas de las comunidades autónomas, con el riesgo de marcha atrás en el proceso de despolitización. Por ello, el Gobierno ha aprovechado el decreto ley de saneamiento del sector financiero para hacerse con el control de esas fundaciones.
El Ejecutivo ha modificado la regulación sobre la transformación de cajas de ahorros en fundaciones de carácter especial. La principal modificación que fue anunciada por el Ejecutivo fue la de que si una caja o grupo de cajas reduce su participación por debajo del 25% de los derechos de voto del banco a través del que ejerce su actividad financiera de forma indirecta, deberá renunciar a que la propia caja sea entidad de crédito y pasar a convertirse en fundación de carácter especial.
Hasta diciembre pasado, ese límite era el 50%, pero el Gobierno decidió flexibilizarlo para que no se convirtiese en un obstáculo a la recapitalización de las entidades. Cajas como las de Bankia o Banca Cívica, que controlan poco más del 50%, debían convertirse en fundaciones si ampliaban capital diluyendo su porcentaje, a través, por ejemplo, del canje de partcipaciones preferentes en acciones. Tras rebajarse el límite, ambas planean operaciones de ese tipo para reforzar su capital principal.
Como fundaciones, las cajas pueden seguir teniendo peso en los bancos en que participen incluso si controlan menos del 25%. Por ello, había preocupación por si al quedar bajo el control directo de las comunidades, esas fundaciones quedaran politizadas y se diera un paso atrás en la profesionalización.
Las cajas pasan a ser fundaciones si se quedan menos del 25% del capital
Ahora, el Gobierno ha introducido un nuevo apartado en el artículo 6 del decreto ley de julio del año pasado que establece el régimen jurídico de las cajas de ahorros. En ese apartado se establece que “corresponde al Estado la supervisión y control de las fundaciones de carácter especial (…) cuyo ámbito de actuación principal exceda el de una comunidad autónoma, a través del protectorado que será ejercido por el Ministerio de Economía y Competitividad”, considerando ámbito de actuación el de la entidad bancaria en que haya segregado su negocio financiero. Es decir, prácticamente todas las fundaciones quedarán bajo ese paraguas estatal.
El Ministerio de Economía y Competitividad creará un Registro especial para que se inscriban las fundaciones especiales de ámbito estatal en que se transformen las cajas. El Gobierno podrá dictar las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de la nueva disposición, de modo que pueda concretarse más el “control” y la “supervisión” sobre esas fundaciones que ahora corresponde a Economía. La reforma financiera y la revisión de las fusiones es competencia del Ministerio de Luis de Guindos.
El régimen de control de las fusiones cada tres meses que se fijó en 2009 no se varía
Pero el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, también tendrá lo suyo que decir. Según la nueva redacción de la normativa sobre fusiones con ayudas públicas, será el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, el que tendrá derecho de veto para oponerse a los proyectos de fusión en el plazo de cinco días hábiles. Hasta ahora, la norma remitía a “la ministra de Economía y Hacienda”. Con la división del departamento en dos, la competencia para vetar una fusión respaldada con dinero del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria ha ido a parar a Hacienda, dado que conlleva la utilización de recursos públicos. Tanto De Guindos como Montoro recibirán informes acerca del impacto financiero sobre los fondos aportados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, pero solo Montoro podrá ejercer el veto por esta razón.
En realidad, Economía controlará antes los procesos de integración. Será el departamento de Luis de Guindos el que, con informes del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), evalúe si la entidad resultante de la fusión es viable, si las mejoras del gobierno corporativo son suficientes, si el plan de remuneraciones de la nueva entidad es adecuado, o si hay un plan apropiado a tres años de desinversión de activos inmobiliarios o de incremento del crédito a pymes y familias, entre otros requisitos.
También queda a criterio de Economía autorizar fusiones cuando no generen una entidad superior en al menos el 20% al balance total de los negocios en España de la mayor de las entidades participantes. Luis de Guindos podrá autorizar si quiere fusiones que supongan un aumento de tamaño de solo el 10%.
En lo que no hay ningún cambio es en el régimen trimestral por el que las entidades tendrán que dar cuentas de cómo va la ejecución del plan de integración, que seguirá siendo trimestral, como hasta ahora. Así se estableció en el artículo 9.6 del decreto ley por el que se creó el FROB en junio de 2009, y se precepto no se ha modificado en el nuevo decreto-ley. las entidades que se fusionaron en la primera oleada de fusiones como Bankia, Banca Cívica o BMN siguen enviando esos informes trimestrales en los que rinden cuentas, sin que haya ningún cambio.
Oxígeno para las inmobiliarias
El decreto ley de saneamiento del sector financiero pretende que las entidades recojan en sus balances los activos inmobiliarios a su verdadero valor. Pero a la vez, en una disposición adicional, permite a las inmobiliarias aplazar sus problemas para intentar evitar quiebras.
El Gobierno de Rajoy copia así una medida del de Zapatero por la cual se permite no computar las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas del inmovilizado material, las inversiones inmobiliarias y las existencias a los efectos de determinar las pérdidas para la reducción de capital de una empresa o establecer si entra en causa de disolución.
Incurren en causa de disolución las empresas cuyas pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social. En diciembre de 2008, y para contener el alud de quiebras en el sector inmobiliario por la caída de valoraciones, el Gobierno estableció una moratoria de dos años a esa norma.
Tras dos años, la situación se había agravado y el Gobierno, de acuerdo con el PP, prorrogó la moratoria para 2010 y 2011. Ahora se concede un año de gracia más. El régimen “se renueva, sin solución de continuidad y a todos los efectos legales, durante el ejercicio social que se cierre a partir de la entrada en vigor del presente real decreto-ley”, según señala la disposición adicional quinta de la norma publicada el sábado en el BOE.
Con ello, las empresas que vean reducido su capital social por ese tipo de pérdidas (asociadas principalmente a las inmobiliarias) siguen sin tener la necesidad de abordar la liquidación de la empresa, la aportación de más fondos por los socios o la reducción del valor de la misma. En todo caso, el efecto es solo contable y no ha evitado que muchas empresas del sector entren en concurso de acreedores ante la falta de liquidez para hacer frente a sus deudas.
El decreto ley, por otro lado, también facilita a la banca pedir dinero prestado al Banco Central Europeo (BCE) al flexibilizar los requisitos técnicos relacionados con las garantías.
Según el Gobierno, eso reducirá el coste operativo y “repercutirá favorablemente en las operaciones que las entidades financieras llevan a cabo con el Eurosistema, destacando, en especial, una mayor facilidad operativa para recibir financiación del mismo”. La medida facilita pedir dinero al BCE usando como garantía deuda, depósitos, hipotecas, préstamos y créditos en vísperas de la que se espera sea la mayor inyección de liquidez de la institución.
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