Dexeus pierde contra Dexeus
Un juez condena al ginecólogo a pagar 832.000 euros a su antigua clínica - El fallo estima que el facultativo denigró e hizo competencia desleal al centro
La juez Marta Cervera, titular del Juzgado Mercantil número 8 de Barcelona ha condenado al ginecólogo Santiago Dexeus i Trias de Bes a indemnizar con 100.000 euros al Consultorio Dexeus por las declaraciones que hizo en 2009 y que suponen "competencia desleal por actos de denigración". Además, Dexeus deberá compensar al consultorio con otros 732.000 euros por el "incumplimiento del pacto de no competencia", que entiende que supuso el hecho de que el médico fundara la sociedad Instituto Santiago Dexeus. Los hechos se remontan a comienzos de 2009, cuando el prestigioso ginecólogo fue obligado a abandonar la clínica Dexeus, fundada por su padre, tras un enconado conflicto con sus socios en el que hicieron valer los estatutos de la empresa para forzar su jubilación.
El conflicto estalló en 2009 tras plantearse la división de la sociedad
El origen del conflicto está, según explicó Dexeus en 2009, en el momento en que en 2006 él y sus socios propietarios de la clínica (los ginecólogos Pere Nolasc Barri, Ramón Labastida, José Mallofré y Rafael Fábregas) decidieron tasar la empresa para darle un impulso e incorporar un socio capitalista. La compañía fue valorada en 15 millones de euros, y Dexeus poseía el 23%. La disputa se centró en la edad del hijo del fundador y los estatutos de la sociedad, que fijan la jubilación de los socios a los 65 años: si Dexeus se jubilaba, el pastel que repartir era mayor. Dexeus había cumplido 65 años en 2000 pero entonces los socios decidieron pasar por alto la cláusula y permitir su continuidad "por su actividad asistencial, su producción científica y su representación social". Así constaba en un contrato que se fue renovando cada dos años.
El conflicto estalló en enero de 2009 tras dos años en los que Dexeus había planteado dividir la sociedad en dos: la ginecología y la reproducción asistida, de la que era responsable Barri. Este rechazó el proyecto y, junto al resto de socios, hizo valer la cláusula de jubilación de Santiago Dexeus. La disputa llegó hasta el punto de que Dexeus encontró su despacho cerrado. Fue entonces cuando decidió abrir una consulta en la clínica Tres Torres con el nombre de Instituto Santiago Dexeus.
En julio de 2009 la Audiencia de Barcelona condenó al ginecólogo a transmitir su participación en el Consultorio Dexeus a favor de sus socios, al tiempo que les permitió a estos seguir utilizando el nombre de la empresa. El conflicto se produjo en el seno de Consultorio Dexeus, SA, y no afectó a USP-Institut Universitari Dexeus, sociedad de matriz norteamericana que en 1998 compró la marca Dexeus.
La sentencia, del pasado miércoles, da la razón a Consultorio Dexeus, que denunció al ginecólogo del mismo nombre por una "acción de competencia desleal por actos de denigración" por las declaraciones que hizo en la prensa cuando estalló el conflicto. En manifestaciones recogidas por varios diarios y emisoras de radio, Santiago Dexeus aseguraba que el consultorio había "maltratado" a pacientes y les envió cartas "insultantes y denigrantes", además de difundir "informaciones falsas" sobre la relación del consultorio con el ginecólogo. La juez condena a indemnizar al Consultorio Dexeus con 100.000 euros "por daños y prejuicios por daños morales" y a publicar notas de rectificación en los medios de comunicación que difundieron sus palabras en 2009.
Además, la juez estima que el ginecólogo incumplió el pacto de no competencia con Consultorio Dexeus al crear el Instituto Santiago Dexeus, por lo que le obliga a pagar al consultorio 732.000 por daños y prejuicios. El reglamento estipula que los socios "que causen baja, no podrán formar parte de otra agrupación médica o sanitaria hasta después de un año desde la fecha de la baja, salvo la autorización expresa de la sociedad".
El cumplimiento o no de este plazo fue objeto de un laudo que también acabó en disputa, según consta en la sentencia, e incluso hizo referencia al uso de detectives por parte de los demandantes con el objetivo de probar la creación del instituto.
La juez considera probado que Santiago Dexeus creó su instituto en julio de 2009, cuando debería haber esperado hasta el mes de diciembre para no infringir el pacto de no competencia con el Consultorio Dexeus. La sentencia admite recurso de apelación ante la sala de lo civil de la Audiencia de Barcelona.
Tras solicitárselo este diario, Santiago Dexeus declinó ayer hacer valoraciones sobre la sentencia. Por su parte, fuentes próximas al Consultorio Dexeus valoraron positivamente la decisión de la juez y reafirmaron que nunca ha sido intención de la sociedad mantener una guerra con el doctor Dexeus ni menospreciarle profesional y personalmente.
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