Una juez ordena derribar un parque eólico con 33 molinos en Lleida
La sentencia declara nula la licencia municipal para construir la instalación
La mayoría de los 33 molinos de viento del parque eólico de la sierra del Tallat, en Lleida, deben ser derribados. Lo ordena una sentencia de un juzgado contencioso-administrativo, que considera nula la licencia de obras otorgada a Acciona. La demanda fue presentada por la plataforma Salvem El Tallat, que denuncia la "agresión paisajística" y ambiental que supone el parque.
La resolución condena al ayuntamiento de Vallbona de les Monges, que en 2006 dio la licencia para levantar los molinos, a "demoler las instalaciones" y "reponer los terrenos a su estado original". "La tolerancia en esta materia lleva a una inaceptable situación de hechos consumados (...) con el impacto paisajístico comportan", subraya la magistrada.
Un grupo de vecinos critica el impacto visual y el daño a las aves migratorias
El parque eólico empezó a funcionar a fines 2007. Sus 33 aerogeneradores se elevan a 80 metros de altura y suman una potencia de 49,5 megawatios. La empresa afectada, que invirtió en las instalaciones 50 millones, recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
El año pasado, vecinos y ecologistas presentaron una demanda para pedir la demolición del parque y la replantación forestal. Según un estudio de la Universidad Barcelona, la sierra es una importante zonas de paso de aves migratorias. Además, el parque deja un fuerte impacto visual en la ruta del Císter, en el triángulo formado por los monasterios de Poblet (patrimonio de la humanidad), Vallbona y Santes Creus. La sierra es uno de los atractivos naturales de esa ruta turística.
Como demostrar ante un juez el daño ambiental es complejo, la plataforma buscó irregularidades por vía administrativa. Su principal argumento es que un parque eólico debe emplazarse en terrenos que cuenten con un plan general. El Ayuntamiento de Vallbona, dice la sentencia, no disponía de ese planeamiento que determine, "previo análisis y evaluación ambiental", las reservas de suelo para emplazar una instalación de tal magnitud.
Sin esa figura urbanística, el consistorio no podía otorgar una licencia para construir un parque eólico en suelo no urbanizable. No existió, pues, "suficiente cobertura jurídica" y por lo tanto, no se lesiona ningún "derecho preexistente", ya que Acciona, subraya la sentencia, "no puede construir dónde y cómo quiera".
Es la segunda sentencia que la abogada del colectivo, Elena Moreno, gana contra el parque eólico. En la primera de ellas, dictada en noviembre de 2008 (con los molinos ya en marcha) el TSJC anuló la autorización energética, pero no ordenó derribo alguno. De los 33 aerogeneradores de la sierra del Tallat, 25 están en Vallbona. Los ocho restantes están en Passanant y, en principio, no quedarían afectados por la sentencia. Aunque sin la subestación eléctrica y las líneas de interconexión del municipio de Vallbona, tampoco podrían funcionar.
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