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Columna
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Listas cremalleras

El azar y el hecho de que el Tribunal Constitucional ha tardado casi seis años en resolver el recurso de inconstitucionalidad que interpuso Ignacio Astarloa a la cabeza de 50 diputados del PP contra la ley electoral andaluza que imponía las listas cremalleras ha hecho casi coincidir la noticia sobre la sentencia del Tribunal Constitucional avalando la constitucionalidad de la ley andaluza con la noticia de que las listas cremalleras van a figurar en el proyecto de constitución que se está elaborando en este momento en Túnez. El 6 de abril conocimos la sentencia del Tribunal Constitucional y el 13 de abril hemos recibido la información sobre Túnez, una de las noticias sin duda más alentadoras de los últimos tiempos.

La noticia respecto de la ley andaluza no viene sino a confirmar la doctrina que el Tribunal Constitucional ya había fijado en sentencias anteriores, si bien en este caso la profundiza un poco más. Pero no hay una gran novedad. La democracia paritaria lleva abriéndose camino desde hace ya unos años en el continente europeo, superando poco a poco pero de manera incesante los obstáculos que se interponen en su camino. Afortunadamente nuestro país está ocupando una posición de vanguardia. En mi opinión, ya hemos llegado al momento en que se puede afirmar que la democracia paritaria en su versión más auténtica, que es lo que las listas cremalleras expresan, será en muy poco tiempo la "norma europea", es decir, un elemento definidor del propio concepto de democracia en nuestro continente. Si desde finales de la primera guerra mundial hasta hoy la "norma europea" se ha expresado a través de la fórmula "la soberanía reside en el pueblo del que emanan los poderes del Estado", que se ha convertido en una suerte de cláusula de estilo en todas las constituciones del siglo XX en adelante y mediante la cual se garantizaba la igualdad en el derecho de sufragio activo de hombres y mujeres, a partir de estos primeros decenios del siglo XXI esa formulación ya no va a ser suficiente, sino que va a tener que ser completada con la igualdad también en el derecho de sufragio pasivo. Los hombres y las mujeres no sólo van a tener que ser constitucionalmente iguales en cuanto a la posibilidad de elegir a sus representantes sino también en la posibilidad de ser elegidos como representantes.

Pero lo importante es Túnez. La incorporación de las listas cremalleras a su proyecto de Constitución es la expresión más inequívoca de que vamos a asistir a un proceso genuinamente constituyente, que, con seguridad, va a proyectar su influencia mucho más allá de sus fronteras. Lo que importa de Túnez es que estamos asistiendo a un paso de excepcional importancia para que se impongan las listas cremalleras en los países europeos que todavía no las tienen y para que se dé el primer paso para que dichas listas se conviertan en un canon universal para la definición de la democracia.

Es obvio que las listas cremalleras no van a resolver de manera inmediata las desigualdades fácticas que existen entre hombres y mujeres. Tampoco el sufragio universal resuelve las desigualdades fácticas que existen entre los varones. El sufragio universal, tanto en su vertiente activa como pasiva, es una condición necesaria pero no suficiente para conseguir que se haga avanzar de una manera real y efectiva el principio de igualdad. Después hay que saber hacer uso del derecho de sufragio de manera apropiada y ahí entran en juego un montón más de derechos fundamentales. Pero sin la igualdad en la vertiente activa y pasiva del derecho de sufragio el avance hacia la igualdad real y efectiva se queda bloqueado muy pronto.

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