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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Tabaco y derechos

El consumo de tabaco y el efecto del humo tóxico y cancerígeno que se libera en espacios públicos cerrados es un problema de salud de primera magnitud que causaba miles de víctimas al año en España.

Dado que algunos se empeñan en hablar del derecho a fumar, hay que explicar lo que, en principio, no necesitaría ya argumentación adicional alguna. Todas las cartas de derechos fundamentales recogen el derecho objetivo a la salud. Así, la Constitución Española, en sus artículos 39, 43 y 51, garantiza el derecho a la salud y especialmente a la protección de los menores. El derecho a la salud está recogido en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en el artículo 12.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el artículo 24 de la Convención de los Derechos del Niño y en la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

El derecho genérico a fumar en el ámbito privado y en espacios al aire libre puede contemplarse dentro del concepto de "libertad de expresión", aunque el cigarrillo no es un apéndice corporal como la mano o el brazo.

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Pero el derecho a fumar en un espacio público cerrado, en un espacio de convivencia, conculca el derecho básico a la salud de quienes no quieren estar expuestos al humo. No aparece fundamentado en ningún marco legal de protección de los derechos humanos. Fumar no es un derecho, es una adicción causante de muerte prematura, enfermedad y sufrimiento evitables.

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