_
_
_
_
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Aclaración

En relación con la información aparecida en EL PAÍS del 7 de julio de 2010, en la página 32, titulada "Medio Ambiente avaló la operación de Repsol que causó dos vertidos" así como en su edición digital, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino quiere hacer constar su disconformidad sobre los siguientes aspectos de la citada información:

Las declaraciones que su diario atribuye a la directora general de Calidad y Evaluación Ambiental, doña María Jesús Rodríguez de Sancho, se refieren al proyecto de descontaminación en el embalse de Flix, y no a las prospecciones de Repsol. La directora general está abierta a ofrecer las aclaraciones pertinentes sobre el proyecto de sondeo de Repsol que estime su diario.

El ministerio no "exime" ni "avala" ningún proyecto ni a ninguna empresa, como aparece en la información. Su función, conforme a la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, es evaluar el alcance de los impactos ambientales previsibles, y fijar las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales con arreglo a los procedimientos que establece la ley.

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

El proyecto de sondeo fue sometido a la evaluación de impacto ambiental conforme a lo dispuesto en la Sección 2ª del Capítulo 2 de la Ley, tal y como lo han sido 24 proyectos similares con anterioridad. La resolución adoptada por el MARM, tras consultar a las Administraciones afectadas y a las ONG más directamente vinculadas con el proyecto en concreto, exigía el cumplimiento de una serie de cautelas y condiciones de obligado cumplimiento por parte del promotor. En la resolución (publicada en el BOE de 3 de marzo de 2009) se describen las actuaciones y el resultado de las consultas con total transparencia, se identifican y analizan los riesgos potenciales y se determinan las condiciones en las que obligatoriamente debe desarrollarse la actividad, tanto en la instalación -incluidos materiales y técnicas empleadas-, ruidos y residuos, plazos y sistemas de vigilancia. La resolución obligaba además a elaborar un Programa de Vigilancia Ambiental y un Plan de Contingencia de Derrames cuya aplicación resultaba prescriptiva en el supuesto de que se materializaran cualquiera de las circunstancias de riesgo descritas.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_