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Entrevista:JORGE RODRÍGUEZ-ZAPATA | La sentencia del Estatuto de Cataluña | Los votos particulares

"El Estatuto incurre en un vicio colosal de incompetencia y colapsa el Estado"

Como era de esperar, el voto particular del conservador Jorge Rodríguez-Zapata no ahorra en descalificaciones a la norma cuya constitucionalidad ha enjuiciado. El Estatuto, según el magistrado, "vulnera límites esenciales establecidos en el proceso de descentralización de la Constitución", modifica la norma fundamental, "incurre en un vicio colosal de incompetencia que subvierte la división de poder entre el Estado y las comunidades autónomas" y lesiona la igualdad en el derecho de poder usar el castellano, un derecho, según el magistrado propuesto por el PP, "vinculado a la dignidad humana". El catastrofismo de Rodríguez-Zapata lo lleva incluso a asegurar que el Estatuto "colapsa el funcionamiento del Estado".

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El magistrado carga contra sus compañeros que han mantenido la posición mayoritaria, a los que acusa de tener "un defecto de enfoque". Para Rodríguez-Zapata, gran parte del Estatuto es inconstitucional porque se salta el régimen de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades, delimitando las del primero. Ese "vicio de inconstitucionalidad", según el magistrado, no puede ser resuelto mediante la interpretación, sino que "debe determinar la nulidad del texto sin necesidad de entrar en un examen material o de fondo del mismo", dice en su voto particular.

El magistrado recurre al Pentateuco para insistir en que el tribunal no puede reformular las leyes cuya constitucionalidad enjuicia. "Solo Adán pudo tener ante sí todos los animales del campo y todas las aves del cielo para ver cómo los llamaba y para que cada ser viviente tuviera el nombre que él les diera (Génesis, 2, 19)".

Rodríguez-Zapata coincide con el partido que le propuso -el PP lleva la propuesta en su programa electoral- en la necesidad de recuperar el recurso previo de inconstitucionalidad "contra Estatutos de autonomía y proyectos de leyes orgánicas", cuya abolición "supuso una lesión grave de las garantías de la Constitución".

En cuanto a los contenidos concretos del Estatuto impugnados, rechazo total: son "inconstitucionales y nulos", para el magistrado. La senyera, la Diada y Els Segadors, no pueden ser considerados "símbolos nacionales" de Cataluña porque el artículo 4.2 de la Constitución solo los contempla como "símbolos propios". La bilateralidad entre el Estado y la Generalitat esbozada en el 3.1 "apunta a un contexto confederal (...) o basado en el Derecho Internacional", ajeno a la norma fundamental. Lo mismo con la afirmación de que "la Generalitat es Estado", que coloca a Cataluña en posición de igualdad con España. Los "derechos históricos" de los que emanaría el autogobierno catalán tampoco son válidos, porque es solo la Constitución "la que reconoce y garantiza el derecho de autonomía de nacionalidades y regiones, el cual se ejercita a través de la aprobación de los respectivos Estatutos de autonomía sin que estos puedan (...) decidir nuevas fuentes de legitimación". "Ni nación es un término extraordinariamente proteico, ni Estado un concepto ambiguo, ni la ciudadanía española un género con diecisiete especies", concluye.

Jorge Rodríguez-Zapata.
Jorge Rodríguez-Zapata.L. MAGÁN

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