Embargo de armas y cerco financiero
La resolución aprobada ayer por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas es la cuarta ronda de sanciones que se impone a Irán por su ambiguo programa atómico. La primera se acordó en diciembre de 2006. Estas son algunas de las principales provisiones del texto aprobado ayer:
- Embargo armamentístico. La resolución insta a los Estados miembros de Naciones Unidas a no suministrar a Irán aviones y helicópteros de combate, buques de guerra, tanques y varios tipos de misiles. Asimismo, queda prohibido el suministro al régimen iraní de tecnología o materiales vinculados con la actividad balística.
- Control marítimo. El texto impone a los Estados el control de todos los buques procedentes o dirigidos a Irán de los que se sospeche que transporten material prohibido.
- Cerco financiero. La nueva ronda de sanciones añade otras 15 empresas a la lista de entidades vinculadas con la Guardia Revolucionaria cuyos bienes y activos en el extranjero deben ser bloqueados. El texto contempla, además, la prohibición de toda transacción financiera que podría beneficiar al programa nuclear. Los Estados también deberán prohibir la apertura de sucursales de bancos iraníes o la creación de joint ventures si creen que esas actividades pueden contribuir al desarrollo del plan atómico.
- Vigilancia sobre el Banco Central. La resolución llama a la comunidad internacional a ejercer una estrecha vigilancia sobre el Banco Central iraní para prevenir transacciones que den oxígeno a las actividades nucleares.
- Bloqueo nuclear. Queda prohibida para Irán la participación en empresas extranjeras activas en el sector nuclear o de misiles.
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