Ultimátum del Gobierno a Batasuna: "O rompen con ETA o la convencen"
Nueva reforma legal que obliga a los cargos electos a condenar el terrorismo
El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, dirigió ayer un ultimátum a la izquierda abertzale para que decida entre "votos o bombas". Es decir, que si quiere participar en las instituciones sólo tiene dos opciones: "O rompen con ETA o convencen a la banda de que abandone la violencia de forma definitiva y unilateral". Este mensaje político es el que inspira la reforma legal que anunció, tras el Consejo de Ministros de ayer, y con la que pretende cerrar cualquier coladero para que la izquierda abertzale pueda concurrir a las elecciones sin haberse desmarcado claramente del terrorismo etarra.
Pérez Rubalcaba recalcó el momento político por el que atraviesa la lucha antiterrorista para hacer valer la importancia de la reforma: "No es un momento cualquiera. Hay que actuar con determinación". Aunque no lo explicitó, se refería al debate interno que existe en la izquierda abertzale ante la debilidad de ETA, en el que unos son favorables a la ruptura con la banda y otros se resisten. Con esta reforma, que busca el aumento de las exigencias legales a la izquierda abertzale para participar en las elecciones, el ministro del Interior pretende acelerar este proceso interno y esa ruptura.
Con la modificación, ni ANV ni el PCTV hubieran tenido representación
El cambio previsto permite ilegalizar candidaturas en campaña electoral
Con esta modificación electoral, el Gobierno persigue taponar los huecos que dejó la Ley de Partidos y que han evidenciado sus ocho años de trayectoria. El aspecto más importante del nuevo texto, denominado "incompatibilidad sobrevenida", consiste en que estarán obligados a dimitir los representantes electos en candidaturas presentadas por partidos, federaciones o coaliciones declarados posteriormente ilegales por sentencia judicial firme, salvo que hagan una "declaración pública, notoria y fehaciente de rechazo al terrorismo".
La reforma pretende que esa declaración de los electos se efectúe en el plazo de 15 días posterior a la notificación por parte de la Administración de la incompatibilidad del cargo por la ilegalización del partido. Esta norma habría sido de aplicación a los concejales de ANV hace tres años, ya que el partido fue ilegalizado después de haber tomado posesión sus electos.
La reforma posibilitará también la impugnación de candidaturas en campaña electoral, al ampliar el plazo de presentación del recurso hasta el día 44 posterior a la convocatoria de las elecciones (es decir, hasta ocho días antes de la votación). También amplia a tres días el plazo para que el Tribunal Constitucional resuelva los recursos, coincidiendo con el último día de la campaña. De haber estado en vigor esta norma, el PCTV (Partido Comunista de las Tierras Vascas) hubiera sido eliminado de la competición electoral en 2005. La ley vigente lo impidió porque se determinó su continuidad con Batasuna ya en campaña.
La reforma ampliará la legitimación del Gobierno y del Ministerio Fiscal en el recurso contencioso-electoral para la impugnación de candidaturas presentadas por un partido, federación o coalición, además de las presentadas por agrupaciones electorales, actualmente ya previstas por la ley. Si esta norma hubiera estado en vigor, el Gobierno podría haber recurrido todas las listas de ANV y no individualmente algunas de ellas en las elecciones municipales de 2007.
Rubalcaba dijo que el PP conoce la generalidad de esta reforma y que ha entregado el texto a todos los partidos para lograr el consenso en el Congreso.
Cambios legales
"Serán incompatibles las personas electas en candidaturas presentadas por partidos, federaciones o coaliciones declarados ilegales con posterioridad por sentencia judicial firme. La incompatibilidad será firme salvo que el electo formule una declaración expresa e indubitada de separación y rechazo de las causas por las que ha sido ilegalizado su partido".
"El recurso contra una candidatura se podrá interponer hasta el cuadragésimo cuarto día posterior a la convocatoria, debiendo resolver el Supremo dentro del tercer día a partir de la interposición".
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