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Una sola voz en Kosovo

Albert Branchadell

Hoy, 17 de febrero, se cumplen dos años de la declaración unilateral de independencia de la antigua provincia serbia de Kosovo. Dos años después, España sigue en sus trece y se niega a reconocer esa independencia, contra el parecer de 22 Estados miembros de la Unión Europea, incluidos Alemania, Francia, Italia y Reino Unido.

La diferencia respecto a 2008 es que ahora España ostenta la presidencia semestral de la Unión, justo cuando el Tratado de Lisboa, como recordaba la baronesa Ashton en su examen ante el Parlamento Europeo, nos brinda la oportunidad de darle una voz "más unificada".

El pasado mes de diciembre, el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, prometió "neutralidad" en la cuestión de Kosovo durante la presidencia española. Se trataría de no hacer ostentación del reconocimiento denegado al mismo tiempo que se participa de un modo inequívoco en las tareas de state-building de Kosovo.

España se ha significado contra la independencia de Kosovo de forma tan gratuita como inútil

La prometida neutralidad contrasta con la beligerancia exhibida por España desde su apoyo entusiasta a la petición de Serbia para que el Tribunal Internacional de Justicia se pronuncie sobre la conformidad de la declaración unilateral de Kosovo con el Derecho Internacional. No contenta con este sonoro apoyo, en abril España decidió dirigirse al Tribunal para secundar la posición serbia. Por si eso fuera poco, en el mes de julio España volvió a la carga en una segunda ronda de opiniones, esta vez para replicar a los argumentos favorables a la secesión expuestos por Estados Unidos.

El escrito enviado en abril al Tribunal Internacional de Justicia es un sólido documento de más de 50 páginas, redactado (o más bien traducido) en un bello inglés, en el que se opone con sospechosa vehemencia el principio de soberanía e integridad territorial de los Estados (en este caso, Serbia) al posible derecho de secesión unilateral de una parte de un Estado (en este caso, Kosovo).

Como documento jurídico, el escrito que firma Concepción Escobar Hernández es brillante; como documento político, produce una cierta vergüenza. Posiblemente, el Derecho Internacional no abona inequívocamente la declaración de independencia de Kosovo, pero hay ocasiones en que la realidad política desborda los cauces del derecho vigente.

En su empeño por ignorar la realidad política, el documento no puede evitar el sesgo. Por ejemplo, silencia cuidadosamente que la propuesta final para el estatus definitivo de Kosovo de Marti Ahtisaari, enviado especial del secretario general de la ONU, no fue otra que la "independencia supervisada internacionalmente". En esta línea de miopía política, el documento se afana en recordar que en 2005 el Grupo de Contacto para la solución del estatus de Kosovo manifestó que "cualquier solución unilateral sería inaceptable", pero se olvida de señalar que en 2008 cinco de los seis miembros del Grupo reconocieron la independencia unilateral de Kosovo.

Sostener que el proceso sobre el estatus final de Kosovo "todavía está abierto" indica el poco sentido de la realidad de la diplomacia española. Pero lo peor del caso es que, con sus escritos al Tribunal Internacional de Justicia, España se ha significado contra la independencia de Kosovo de una manera tan gratuita como inútil.

Para empezar, lo que la Asamblea General de la ONU pide al Tribunal no es una sentencia vinculante sino una opinión. En segundo lugar, aunque en esta opinión el Tribunal señalara de modo tajante que la declaración de independencia de Kosovo se opone al Derecho Internacional, sin ningún resquicio para las pretensiones kosovares, eso no cambiaría los hechos consumados.

Pero ni siquiera es probable que el Tribunal se pronuncie de ese modo tajante. Lo esperable es que el Tribunal Internacional de Justicia emita una opinión parecida a la sentencia que emitió el Tribunal Supremo de Canadá sobre la secesión de Quebec, que satisfizo a los unos y a los otros y, sobre todo, dejó intacto el statu quo. En esta sentencia se estableció que ni la Constitución canadiense ni el Derecho Internacional abonan el derecho a la secesión unilateral de Quebec. Ahora bien, si una mayoría clara de quebequeses respondiera afirmativamente una pregunta clara a favor de la secesión, surgiría la obligación de negociar. ¿Y si la negociación no conduce a ningún acuerdo? Aquí el Tribunal Supremo expresa un pensamiento profético: el éxito último de una secesión no pactada dependería de su reconocimiento por parte de la comunidad internacional.

Lo que para el Tribunal Supremo canadiense vale para una futurible secesión unilateral de Quebec también puede valer para la independencia de Kosovo, y acaso también para otras posibles secesiones que no respondan a actos de agitprop dominguero, sino a mayorías que cumplan el criterio de la doble claridad. Afeando la posición de España, es lo que dice Estados Unidos en su escrito al Tribunal Internacional de Justicia: "Principles Of Territorial Integrity Do Not Preclude The Emergence Of New States On The Territory Of Existing States" (Los principios de la integridad territorial no excluyen la aparición de nuevos Estados en el territorio de Estados existentes).

Albert Branchadell es profesor de la Facultad de Traducción e Interpretación de la Universitat Autònoma de Barcelona.

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