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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Decidirá un jurado

La jurisprudencia es clara en el desconcertante caso del asesino de L'Hospitalet

El País

La divergencia de criterios entre tribunales es algo normal en el sistema judicial. Para unificarlos está la vía de los recursos y, en último término, la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Pero cuando esa divergencia se produce, aunque sólo sea transitoriamente, sobre hechos delictivos de fuerte impacto social, como terrorismo, narcotráfico y actos de violencia sexual, el desconcierto, si no la inquietud, se apodera de la sociedad.

Ése es el efecto que ha producido la anulación por el Tribunal Supremo de la condena a 83 años de cárcel impuesta al asesino de dos mujeres policías en prácticas en L'Hospitalet tras violar a una de ellas. La decisión del Supremo se sustenta en una cuestión procesal: la condena fue impuesta por la Audiencia de Barcelona cuando el enjuiciamiento de la causa corresponde a un jurado popular, al ser de su competencia el delito más grave de los atribuidos al acusado: el asesinato. Habrá, pues, un nuevo juicio, por lo que no cabe hablar de impunidad. La hipótesis penal de la condena por lo que el acusado hizo con las dos jóvenes policías se mantiene intacta. Seguirá también entre rejas cumpliendo condenas anteriores por delitos sexuales y por robo.

Todo ello es cierto y, a pesar de todo, hay que preguntarse si era inevitable un desencuentro judicial tan acusado en un caso que tiene que ver con los más graves delitos del Código Penal (asesinato, violación, profanación de cadáver, robo con violencia, allanamiento de morada e intento de atraco), generadores cada uno de ellos de alarma social. La Fiscalía y la Audiencia de Barcelona se han escudado en que la jurisprudencia del Supremo se mantiene dubitativa sobre los criterios a seguir cuando unos delitos competen al jurado popular y otros a la justicia profesional. El Supremo mantiene que su jurisprudencia es clara: quien tiene la competencia sobre el delito más grave la tiene sobre la causa. Y como en el caso del asesino y violador de L'Hospitalet el delito más grave, el de asesinato, corresponde juzgarlo al jurado popular, la competencia sobre la causa es suya.

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Cabe plantear por qué, si todo es tan claro como dice el Supremo, la Fiscalía y la Audiencia de Barcelona se equivocaron. Quizá sea porque hay resquicios para el error, pues no siempre la jurisprudencia del Supremo es tan firme y clara como sería de desear. Si a partir de ahora lo es sobre el deslinde de atribuciones entre el jurado y la justicia profesional algo se habrá adelantado.

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