El Supremo también desautoriza a Font de Mora
La defensa numantina del Gobierno valenciano contra el título universitario de Filología Catalana ha sufrido daños que parecen irreparables. En un fallo conocido ayer el Tribunal Supremo desbarata la argumentación de la Generalitat, da la razón al Sindicat de Treballadors del País Valencià (STEPV), respalda al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que en 15 ocasiones ha sentenciado que la Consejería de Educación no puede ignorar la carrera en el listado de títulos que acreditan el conocimiento del valenciano, y sienta jurisprudencia.
Las 15 sentencias del TSJ y la del Supremo se refieren a lo mismo: la Consejería de Educación, cuyo titular es Alejandro Font de Mora, convoca oposiciones de profesores no universitarios, publica una relación de certificados que eximen de realizar el examen de valenciano, y deja fuera Filología Catalana. A continuación, el STEPV o las universidades acuden a los tribunales, y ganan.
El fallo es coherente con el del Tribunal Constitucional que, en su día, avaló la unidad del idioma cuando consideró que la Universitat de València puede emplear en los estatutos "lengua catalana" como sinónimo de "valenciano". El Supremo se ha pronunciado ahora respecto a las convocatorias de profesorado, que se realizan al menos un par de veces al año. Eso explica el alto número de reveses judiciales encajados por el departamento que dirige Alejandro Font de Mora. El STEPV considera que el consejero "puede incurrir en delito de prevaricación si en la próxima convocatoria de oposiciones desobedece este mandato judicial y no reconoce el título de Filología Catalana, ya que es él quien firma las órdenes de convocatoria de oposiciones".
20 derrotas judiciales
Con el de ayer, el número de varapalos judiciales que ha recibido el Consell por la vieja polémica lingüística se eleva a 20. Y la sentencia de ayer es la primera en la que se le condena a pagar las costas, como se encargó de recordar el STEPV. El Supremo establece, sin embargo, un importe máximo de 1.500 euros para esas costas atendiendo, aparentemente sin ironía, a "que se trata de un recurso que no ha exigido una especial dedicación para la formulación de la oposición" por parte del sindicato.
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