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La Generalitat abonará 281 euros al mes por el impago de pensiones de divorcio

Acción Social ultima un decreto que podría aplicarse en septiembre

Casi dos años después de realizar el anuncio, el Gobierno catalán ultima el decreto que creará un fondo público para compensar a las mujeres separadas o divorciadas que queden en situación de precariedad económica al no percibir las persiones de alimentos o compensatorias de los padres de los hijos o sus ex maridos. Será una ayuda mensual de 281,74 euros, que corresponde a la mitad del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), utilizado para calcular diversas prestaciones públicas.

El proyecto de decreto ha sido sometido ya a información pública y sólo se ha presentado una enmienda. Dentro de unos días continuará su tramitación en el Departamento de Acción Social y Ciudadanía, y debería estar listo el próximo mes de septiembre para su aprobación por el Gobierno catalán.

En Cataluña se incumplen 12.000 sentencias de pago de alimentos al año

En el proyecto de decreto no se asigna ninguna cantidad específica al fondo, sino que se insta al Departamento de Economía a que realice las previsiones presupuestarias necesarias para garantizar esas prestaciones. Lo que sí se especifica es que el fondo de garantía de pensiones no sólo se nutrirá de aportaciones públicas, sino también de donaciones y transferencias de particulares o entidades públicas, así como de aportacions procedentes de herencias y legados.

La ayuda mensual de 281,74 euros podrá disfrutarse durante un máximo de 18 meses, de forma continua o discontinua. Podrán beneficiarse de ella quienes tengan unos ingresos anuales inferiores a 2,4 veces el IRSC. Es decir, 18.933 euros, si se trata de una persona separada o divorciada que viva sola. Este tope salta cuando hay cargas familiares, entendiendo como tal un hijo menor de edad, uno de hasta 21 años si tiene una discapacidad mínima del 65% o personas mayores de 65 años con escasos ingresos. Un ejemplo: una persona divorciada con un hijo podrá beneficiarse de la ayuda si sus ingresos anuales no superan los 32.186 euros.

En Cataluña se incumplen anualmente unas 12.000 sentencias de pensiones de alimentos o compensatorias, aunque eso no siempre comporta una situación de precariedad económica. El impago de esa pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses alternos está tipificado como delito en España y se castiga con penas de hasta un año de cárcel.

Podrán solicitar el cobro de esta ayuda los separados o divorciados que tengan reconocido por sentencia judicial el derecho a percibir una pensión de alimentos para los hijos a su cargo o una pensión compensatoria por los años de matrimonio dedicados al cuidado de la familia. Aunque el proyecto de decreto no lo especifica, en la práctica totalidad de los casos serán mujeres, pues son ellas a las que casi siempre atribuye la justicia la custodia de los hijos tras la ruptura y las que renuncian a su vida laboral.

La situación de precariedad económica se considera una forma de violencia machista en la Ley Integral contra la Violencia de Género aprobada en 2008 en Cataluña.

Para tener acceso a esta prestación se ha de demostrar que la mujer se encuentra en una situación de precariedad económica, así como, lógicamente, que el juez ha reconocido el derecho a cobrar la pensión de alimentos y que se ha presentado una demanda judicial para reclamar el pago de la deuda. Transcurrido un mes sin poder cobrar la pensión, ya se puede reclamar la ayuda a la Generalitat.

La ayuda tiene carácter de anticipo, de manera que si la persona obligada a ello abona la pensión, el beneficiario deberá devolver el dinero.

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