Sanidad no puede cobrar a mutuas de funcionarios
El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el martes el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno contra dos artículos de la ley de acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat que exigían a las mutualidades de funcionarios el pago de la atención médica a sus afiliados en centros públicos.
La admisión a trámite del recurso congela la aplicación de las modificaciones de la ley de tasas hasta que el TC ratifique o levante la suspensión antes de cinco meses.
La modificación legal pretende que las mutualidades que gestionan el régimen de Seguridad Social de los funcionarios públicos (Muface, Isfas y Mugeju) abonen a la Agencia Valenciana de la Salud el coste de la atención a los funcionarios que optan por ser atendidos en centros públicos de la Generalitat, en torno a un 10% del total.
La inmensa mayoría de los afiliados a las mutuas de funcionarios son atendidos por empresas que ofrecen servicios de sanidad privada.
El Gobierno considera que la Generalitat intenta cobrar al Estado dos veces por el mismo concepto. El modelo de financiación autonómica pactado en 2001, cuando el PP ocupaba el Gobierno central, introdujo el concepto de "población protegida" para estimar los fondos que correspondían a cada comunidad autónoma para prestaciones sanitarias. Y esa población protegida incluye a los ciudadanos que cotizan a la Seguridad Social y a los funcionarios que optan por la atención pública. Es decir, el Gobierno considera que la Generalitat ya cobra desde hace ocho años lo que ahora pretende exigir a las mutuas de funcionarios.
La Generalitat, por su parte, sostiene que "el fondo sanitario del actual sistema de financiación no cubre los servicios no concertados entre la Seguridad Social y las mutualidades de funcionarios" y asegura, a través de una nota, que "son precisamente estos servicios los que, en exclusiva, determinarán la exigencia de la tasa sanitaria valenciana a las mutualidades de funcionarios". También hace hincapié en que los costes se repercutirán a las mutuas, nunca a los funcionarios.
Pero el Gobierno denuncia que la modificación legal implica considerar a las mutuas de funcionarios como entidades privadas de seguro a las cuales se les puede repercutir el coste de la asistencia sanitaria, obviando que se trata de entidades públicas que gestionan un régimen público de Seguridad Social.
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