Proceso de intenciones
El archivo de la causa contra Ibarretxe debería anunciar el fin de la judicialización de la política
El Tribunal Superior del País Vasco acordó ayer archivar la causa abierta contra el lehendakari Ibarretxe y otras personas por un supuesto delito de desobediencia (en relación con las reuniones mantenidas con ex dirigentes de la ilegalizada Batasuna) por considerar que existe "falta de acusación legítima". Esto supone aplicar la llamada doctrina Botín, según la cual no debe haber juicio oral cuando no hay acusación de la fiscalía o de particulares con interés legítimo. El proceso se sustentaba exclusivamente en el ejercicio de la acción popular por parte de la asociación Dignidad y Justicia y el Foro Ermua.
Esta última entidad anunció ayer un recurso ante el Tribunal Supremo, lo que fue interpretado por Ibarretxe como amenaza de repetición de la vista "cuando sea políticamente interesante" para partidos rivales del suyo. El Supremo consideró en su momento (caso Atutxa) que la doctrina Botín no era de aplicación a casos en los que, por su propia naturaleza, no podía existir acusación particular. Sin embargo, ese mismo tribunal, en un auto de diciembre de 2006, en relación también con las reuniones con Batasuna, adelantó unos criterios que, más allá de los aspectos procesales, marcaban pautas destinadas a evitar que la acción popular se utilizara para fines políticos.
El argumento era que constituye un "fraude constitucional" la pretensión de otorgar a los tribunales la función de control de la acción política de los gobernantes, que la Constitución atribuye al Parlamento. Los equilibrios propios del sistema democrático se verían alterados, venía a decir el auto, si cualquiera pudiera, valiéndose de la acción popular, desviar hacia la esfera judicial asuntos de naturaleza política, interfiriendo así en la competencia propia de los gobernantes.
Si en las condiciones de abril o de julio de 2006 era conveniente o contraproducente que el lehendakari o Patxi López se entrevistasen con Otegi es algo discutible por definición. Pero llevar esa cuestión al terreno penal (la querella solicitaba varios años de cárcel para Ibarretxe) supone imposibilitar el debate. Por ello, existe una cierta incoherencia en la actitud del lehendakari cuando, tras denunciar el "impulso político" que ve en el proceso, muestra su preocupación por que el tribunal no se haya pronunciado sobre la cuestión eminentemente política, por discutible, de si el diálogo con el brazo político de una banda armada es o no la "única solución para salir adelante". Una cosa es que no sea delito, y otra considerar que sea casi una obligación moral.
En España ha habido, desde mediados de los noventa, una excesiva tendencia a plantear desafíos en términos de "nos veremos en los tribunales"; incluso entre partidos que se sientan en el Parlamento. En el caso de la Ley de Partidos, ha habido también una tendencia a la expansión de sus efectos a situaciones diferentes de las previstas. Sería deseable que la resolución de ayer anuncie el fin de esa doble tendencia, y que el Supremo lo confirme.
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