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La Audiencia ratifica otra vez la ilegalidad del Algarrobico

La Audiencia Nacional (AN) ha ratificado por tercera vez la "conformidad a derecho" de la orden ministerial de 8 de noviembre de 2005 que amplió hasta los 100 metros la zona de servidumbre en el paraje del Algarrobico (Almería). En su fallo, el alto tribunal asegura que los terrenos donde se asienta el hotel a medio construir -paralizado por orden judicial- estaban protegidos medioambientalmente en la fecha en la que el plan parcial fue aprobado.

Dicho plan, del sector R-5 done se asienta el hotel, se aprobó en mayo de 1988 y, por tanto, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Costas por lo que, según la nueva sentencia, "sería de aplicación la Disposición Transitoria Tercera del la citada normativa que obliga a revisar y aplicar la servidumbre de 100 metros" frente a los 20 metros inicialmente aprobados para la construcción del inmueble.

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"La sentencia desestima el argumento principal de la promotora, según la cual la revisión del plan parcial hubiera tenido que dar lugar a indemnización por los derechos urbanísticos y que por lo tanto no se debería haber realizado. Como esta asociación sostiene desde el principio, tanto la promotora como el ayuntamiento conocían desde un comienzo la normativa a aplicar tanto en lo referente a Costas como al suelo protegido y, por consiguiente, eran conscientes de la ilegalidad de la construcción antes que esta se empezara, por lo que no ha lugar a indemnización ni entonces ni ahora", dijo ayer el portavoz de la entidad conservacionista Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense, Jaime del Val.

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