El Ministerio de Deportes
El anuncio de que podría constituirse en España un ministerio para la regulación del deporte es una medida que puede ser analizada desde diversos puntos de vista. Desde una perspectiva de la legitimidad de la medida basta con señalar que el artículo 2 de la Ley del Gobierno atribuye al Presidente del Gobierno la competencia para "crear, modificar y suprimir... los Departamentos Ministeriales...". De esta forma hay que entender que la decisión de la creación de unos u otros departamentos ministeriales es fruto de la propia concepción política del Presidente de Gobierno y de su deseo de resaltar o apoyar unas políticas públicas frente a otras.
A partir de lo anterior la pregunta subsiguiente es la relativa a la conformación en nuestro Estado de la política pública deportiva. Con carácter general podríamos señalar que el deporte no fue tratado en la Constitución de una forma sencilla, atribuyendo esencialmente su competencia a las Comunidades Autónomas y pretiriendo el propio papel del Estado. Esto genera una permanente polémica sobre el título competencial estatal.
Esta circunstancia ha transformado el papel del Estado en el deporte hasta el punto de quedar reducido a la representación internacional y al deporte de alto nivel. Se trata de un papel muy vistoso en términos de opinión pública que no se corresponde con su importancia cuantitativa.
Llegados a este punto y, admitiendo la legalidad de la medida sin prejuzgar, además, su oportunidad cabe interrogarse por su utilidad. Adelantemos que para que realmente sea técnicamente comprensible la medida debería ir acompañada de una reformulación del papel del Estado y de la propia gestión del deporte.
En este punto es necesario encontrar elementos de vertebración del deporte hechos sobre la base y el fundamento de la cooperación interterrritorial y el acuerdo y el consenso entre los distintos agentes que lo gestionan. La desvertebración y la falta de objetivos comunes y concertados impide el crecimiento en términos deportivos y aleja la visibilidad del deporte como responsabilidad pública frente al conjunto de la población. Frente a esto una política integrada y concertada puede contribuir a establecer un mejor marco de colaboración con los agentes deportivos y a optimizar los recursos públicos para el deporte de forma que pueda llegar a más gente y en mejores condiciones.
Esta vertebración no es sólo territorial es, también, sectorial. La relevancia personal y colectiva de la práctica deportiva y de los valores que proyecta sobre la sociedad exigen su proyección transversal sobre otras políticas públicas como la de salud, la de integración, las de lucha contra la violencia, las infraestructurales, etc... Esta integración de políticas sectoriales constituiría un avance sustantivo sobre la situación previa.
A partir de esto podríamos indicar que la creación no surtirá efectos prácticos en la gestión de la política pública del deporte si no van acompañadas de una reformulación de los esquemas de funcionamiento y de gestión del deporte y de la actividad física. Un Ministerio para la cooperación, para la colaboración, para la concertación de objetivos, para la extensión de la actividad deportiva y para la optimización y la eficiencia en la gestión de lo público. Estas características dotarían la decisión política de una coherencia y una lógica que, de lo contrario, podría ser discutible en el plano de la ordenación y la gestión de la política deportiva española. Es evidente que esta medida se entenderá mejor si, como se anuncia, va acompañada de un cambio normativo que haga gráfica esta transformación
Alberto Palomar Olmeda es profesor de Derecho Administrativo. Universidad Carlos III de Madrid.
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