La Audiencia condena a cuatro ex ediles de Marbella
El órgano superior revoca un fallo del juzgado, que absolvió a los concejales
La Audiencia Provincial de Málaga ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga que absolvió a los ex ediles de Marbella Mario Jiménez, Rafael González, Manuel Calle y Dolores Zurdo de un delito contra la ordenación del territorio por el que fueron condenados los también ex concejales Julián Muñoz y Marisa Alcalá.
En el juicio inicial se estudiaban las licencias de obra, otorgadas en 1995, y el plan de ejecución, de marzo de 1998, para un edificio de 108 viviendas en la avenida Príncipe de Asturias, en el núcleo marbellí de San Pedro de Alcántara. Los dos ediles condenados participaron en ambos actos jurídicos, mientras que los cuatro absueltos en primera instancia únicamente dieron su voto favorable a la licencia de ejecución de 1998.
Julián Muñoz vuelve a ser condenado a un año de prisión
De acuerdo con el juzgado de lo Penal, la licencia al proyecto de ejecución otorgada en 1998 era legal. La licencia "no era antijurídica, porque únicamente incidía sobre la adecuación de las características técnicas del edificio proyectado en la licencia de obras otorgada sobre el proyecto básico en el año 1995", se lee en la sentencia anulada,que condenaba sólo a los ex ediles que estuvieron en esta última comisión y no al resto.
El fiscal presentó un recurso, al entender que el permiso al proyecto de ejecución "tiene contenido urbanístico", por lo que resulta ilegal. En su fallo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial da la razón al Ministerio Público al estimar que "todos y cada uno de los acusados son responsables en concepto de autores ya que votaron a favor de la aprobación de la licencia [de marzo de 1998] que permitió la ilegal construcción". Por ello les condena a todos a un año de prisión y nueve de inhabilitación para cargo público.
La Audiencia desmonta del todo la sentencia del juzgado penal al reprocharle que "no se ha tenido en cuenta" que el delito contra la ordenación del territorio por el que fueron condenados en primera instancia Julián Muñoz y Marisa Alcalá "no existía en mayo de 1995", cuando se concedió la licencia al proyecto básico. Y en el caso de que entonces estuviera vigente el actual Código Penal este delito "habría prescrito".
Sin embargo, es válida la condena para los seis ex ediles por haber estado presentes en la comisión que aprobó el proyecto de ejecución en 1998. La Audiencia manifiesta finalmente que los acusados "actuaron sin escrúpulos en éste y otros casos ya juzgados". Julián Muñoz acumula seis condenas de prisión firmes por conceder licencias de obra ilegal.
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