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Dos años de suspensión a la secretaria del 'caso Mari Luz'

Justicia cuadruplica la propuesta de sanción del instructor

El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, impuso ayer a la secretaria judicial del caso Mari Luz, Juana Gálvez -funcionaria del Juzgado de Sevilla que dirige Rafael Tirado-, una sanción de dos años de suspensión de empleo y sueldo por una falta grave del artículo 155.6 del Reglamento de los Secretarios Judiciales y artículo 536 b) 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), falta grave por negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dación de cuenta, impulso y ordenación del proceso.

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El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, impuso ayer a la secretaria judicial del caso Mari Luz, Juana Gálvez -funcionaria del Juzgado de Sevilla que dirige Rafael Tirado-, una sanción de dos años de suspensión de empleo y sueldo por una falta grave del artículo 155.6 del Reglamento de los Secretarios Judiciales y artículo 536 b) 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), falta grave por negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dación de cuenta, impulso y ordenación del proceso.

La sanción fue recibida con un fuerte malestar por los colectivos de secretarios judiciales, que no recuerdan un castigo disciplinario tan duro por una conducta "no dolosa", y que consideran que su compañera ha sido el "chivo expiatorio" de la sanción de 1.500 euros impuesta al juez Rafael Tirado.

La resolución señala que secretaria judicial ejerció un "nulo control" sobre la ejecutoria contra el pederasta Santiago del Valle y su esposa, Isabel García Rodríguez, e incurrió "en un cúmulo de omisiones y errores que ponen de manifiesto un grave incumplimiento de sus obligaciones profesionales". La "sistemática y generalizada falta de control" sobre la ejecutoria se concretó, en el caso de la secretaria judicial, "en el incumplimiento de la función de impulso procesal que junto a la del juez le correspondía".

Esto no implica, según la resolución, la responsabilidad exclusiva de la secretaria judicial, "puesto que en ningún caso cabe exonerar al magistrado de la obligación profesional de llevar a cabo el superior control y dirección" del procedimiento, añade.

La falta grave prevista en el Reglamento Orgánico de Secretarios Judiciales está sancionada con una suspensión de empleo y sueldo de hasta tres años o el traslado forzoso fuera del municipio. La sanción impuesta, que cuadruplica la de seis meses de suspensión propuestos por la instructora del expediente, se justifica por "la gravedad del perjuicio causado a los ciudadanos" con la actuación de la funcionaria.

La resolución explica que no existió "una actuación dolosa por parte de la sancionada" pues las actuaciones negligentes "no fueron realizadas de propósito". Tampoco existe reiteración ni reincidencia, porque la secretaria no había sido sancionada con anterioridad. Y tampoco su responsabilidad fue exclusiva porque además de la del juez, pudo haber la del personal colaborador y el ministerio fiscal.

Sin embargo, tanto la naturaleza de las penas impuestas cuya ejecución se dilató de manera indebida (prisión y medida de seguridad de internamiento de Santiago del Valle y su esposa, Isabel García, respectivamente), como los hechos que motivaron la condena (fundamentalmente, el delito de abuso sexual contra su hija menor), requerían de "un especial celo en la tramitación de la ejecutoria. Y ello, tanto por la condición de menor de edad de la víctima de los abusos sexuales, como por la elevada reincidencia que se produce en este tipo de conductas".

Para no imponer la sanción en su grado máximo, la resolución resalta el trabajo de la secretaria judicial reconocido por todos los funcionarios del juzgado, el elevado número de juicios, tres días en semana, además de los que celebraba en régimen de sustitución en otros juzgados. También dice que llevaba la cuenta de consignaciones y el registro de las víctimas de la violencia doméstica.

Mariano Fernández Bermejo.
Mariano Fernández Bermejo.

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