La CNMV exige publicar las apuestas a la baja sobre 20 valores financieros
Los inversores deben informar de las ventas a corto superiores al 0,25% del capital
El cerco sobre los inversores más especuladores se estrecha. El comité ejecutivo del supervisor bursátil español, CNMV, decidió ayer en una sesión extraordinaria fijar la obligación de comunicar cualquier posición corta -operaciones que intentan obtener plusvalías con la caída en Bolsa de una compañía- que exceda el 0,25% del capital de una empresa. La medida es temporal y afecta a 20 valores del sector financiero (todos los bancos cotizados más CAM, Catalana Occidente, Mapfre, Inverfiatc, BME y Renta 4) ya que son los que más se ven afectados por este tipo de estrategia. La normativa entrará en vigor mañana.
La medida entra en vigor mañana y tiene un carácter "temporal"
La comisión asume las deficiencias del actual registro de préstamo de valores
La CNMV recuerda que ha adoptado esta medida teniendo en cuenta las "excepcionales circunstancias" por las que atraviesan las Bolsas y en "paralelo" a las iniciativas de los supervisores de valores de otros países.
La publicación de esta información se hará a través de una comunicación a la Dirección General de Mercados de la CNMV que lo dará a conocer como hecho relevante. Asimismo, deberán comunicarse las variaciones de dichas posiciones siempre que supongan un incremento de la posición corta o una disminución por debajo del umbral del 0,25%.
A la hora de calcular este porcentaje el supervisor incluirá no sólo las operaciones al contado, sino también las realizadas con derivados. La medida se mantendrá hasta que "desaparezcan las condiciones de mercado" que la han motivado.
Las ventas a corto son una forma de inversión consistente en apostar por la caída en Bolsa de un determinado activo. El proceso más habitual es el siguiente: un inversor pide prestadas las acciones de una compañía a un tercero durante un plazo determinado. Finalizado el periodo de préstamo el inversor recomprará esos títulos para devolvérselos a su propietario con la esperanza de que su valor de mercado haya caído. De acertar en la previsión, se apuntará la diferencia entre el precio al que vendió las acciones y el precio de recompra.
Hasta ahora, la única información acerca de las operaciones a corto estaba en el registro de préstamo de valores del Boletín de la Bolsa de Madrid. Sin embargo, la CNMV ha constatado "las limitaciones" de esta información. "En muchos casos, los datos de préstamo de valores están contabilizados por duplicado ya que los comunica tanto el inversor que los había prestado como el que los había recibido", explican desde el supervisor. De acuerdo con el boletín del pasado 19 de septiembre, el 37% de capital del Banco Popular estaba prestado mientras que en el caso de Santander y BBVA la operativa suponía el 19% y el 26% de su capital, respectivamente.
Además de crear un registro para las apuestas bursátiles a la baja, la CNMV vigilará "estrechamente" que se cumpla la norma que prohíbe las ventas en corto descubiertas. Esta estrategia, que es igual que la venta a corto con la diferencia de que el inversor no dispone previamente de los títulos que vende, ha sido una práctica habitual en mercados como el estadounidense hasta la semana pasada. Tras el crash de Wall Street, sin embargo, el supervisor bursátil de este país (SEC) ha optado por prohibir las ventas a corto descubiertas al considerar que permitían a los manipuladores forzar mucho más la caída de los precios "que lo que sería posible con una operación legítima de venta a corto".
En España cada transacción está controlada por Iberclear, el organismo de liquidación y compensación bursátil, mediante una referencia de registro. Si al dar la orden de venta sobre un valor Iberclear observa que el inversor no dispone de esos títulos, anula la operación, quita las plusvalías y le sanciona.
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