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Ocho años de cárcel para un funcionario por cohecho

Se llaman Andrés Rubio Hernández y José Luis Ayani Urbieta; trabajaban en el Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona y han sido condenados a penas que suman ocho años y medio de cárcel y cinco años, respectivamente. La Audiencia de Barcelona ha sentenciado que cometieron un delito de cohecho y otro de falsedad en documento oficial cuando alteraron los expedientes de liquidación de las plusvalías de los años 1999 a 2003 para que algunos contribuyentes abonaran una cuota menor en las arcas municipales por la venta de inmuebles.

La sentencia, conocida ayer y dictada por la Sección Tercera, asegura que a cambio de su actuación delictiva como funcionario, Andrés Rubio cobró 1.800 euros por cada uno de los 20 expedientes que manipuló y que afectaron a la transmisión de más de 75 fincas. El perjuicio causado a las arcas municipales fue de 800.000 euros, pero todos los contribuyentes afectados ya han regularizado sus deudas con el Ayuntamiento. Rubio reconoció los hechos en el juicio y afirmó que actuó así por despecho por un problema laboral. La sentencia también le condena a 13 años y medio de inhabilitación para cargo público y a pagar 38.700 euros.

Rubio declaró en el juicio que fue el otro funcionario quien le enseñó a manipular los expedientes utilizando la clave informática de otros dos compañeros de trabajo, al margen de su horario laboral y sin fichar.

Abogados y gestores

El fraude cometido no habría sido posible sin la colaboración de abogados y gestores, a los que Rubio ofreció sus servicios por realizar lo que la sentencia califica de "liquidación mendaz" de los expedientes, alterando la fecha de adquisición de los inmuebles para reducir así la cuota que ingresar. Por ello, la Audiencia de Barcelona ha impuesto sendas penas que suman seis años y tres meses de cárcel al abogado Carlos Afán de Rivera y al gestor Esteban Cervantes, mientras que Florencio Teruel, socio de otra entidad, ha sido condenado a tres años y medio de prisión.

La sentencia será recurrida ante el Tribunal Supremo y si se confirmaran las condenas, todos los afectados deberían ingresar en la cárcel y no podrían acogerse al beneficio de la remisión condicional de la pena.

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