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Multa de 600.000 euros por la muerte de un alumno bebido

El Tribunal Supremo ha condenado a un centro de Formación Profesional del área metropolitana de Barcelona a indemnizar con 601.012 euros a la familia de un menor de edad que falleció a consecuencia de un golpe de un ferrocarril en la Nochebuena de 1992. Al centro se lo considera responsable porque antes de ser golpeado el chico había acudido a su fiesta navideña, en el Consorci de Formació i d'Iniciatives Profesionals de Medi Ambient i Patrimoni, y había consumido allí bebidas alcohólicas.

Los padres del menor demandaron al centro y al profesor encargado de la vigilancia de una furgoneta alquilada para llevarles a su residencia tras celebrarse la fiesta. La demanda fue desestimada por el juez de Primera Instancia número 30 de Barcelona, pero posteriormente la Audiencia Provincial estimó la posible responsabilidad del centro. El Supremo, en su sentencia, subraya la situación de deterioro que presentaba el alumno por la ingesta de alcohol, que fue "facilitado o cuando menos tolerado por el centro formativo". La sentencia recoge también la "pasividad de los responsables del centro", que dejaron ir al alumno sin insistir en trasladarlo en la furgoneta que habían habilitado para devolver a sus hogares a los menores tras la fiesta.

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