Normativa de estacionamiento
Hoy me he enterado de que hay una regulación en el Ayuntamiento de Madrid, y en el de Barcelona, y en otras ciudades, por la que se puede retirar un vehículo de la vía pública si está estacionado más de cinco días en el mismo lugar, aunque lo esté correctamente -con el distintivo de residente al día, esto es, pagado- y no constituya obstáculo alguno para la circulación. Asimismo, tengo obligación de verificar como máximo cada dos días si se ha puesto una placa temporal de prohibido aparcar en el sitio donde tengo aparcado mi vehículo, por ejemplo, para hacer una mudanza.
Si no es así, una grúa puede llevarse mi coche, y luego tengo que ir a recuperarlo, pagar el coste de la grúa, pagar la estancia en el sitio donde esté almacenado y pagar la multa. Y todo esto, insisto, teniendo el coche correctamente aparcado.
Esto significa que yo no puedo irme de vacaciones más de cinco días, no puedo caer enfermo u hospitalizarme, etcétera, porque a lo mejor, cuando vuelva a casa, mi coche está retirado por una grúa y tengo que pagar por ello. Y si me voy cinco días, cada dos días tengo que llamar a un vecino para enterarme si han puesto una placa temporal de prohibido aparcar junto a mi coche, porque estoy obligado a enterarme de ello.
A mí esto me parece una tomadura de pelo. Estoy seguro de que los abogados del Ayuntamiento se lo han estudiado mucho, pero a mí me parece inconstitucional que yo no pueda hospitalizarme o irme de luna de miel tranquilo.
Y por último, ¿cuántos madrileños y barceloneses saben esto.
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