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El Senado inicia la renovación del Constitucional

Los Parlamentos autónomos tienen dos meses para elegir sus candidatos

Mientras que algunos órganos constitucionales, como las Cortes o el Gobierno, se han renovado cuando les tocaba, cada cuatro años, otros aún esperan y llevan meses en funciones, como el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. Para el alto tribunal ayer comenzó el principio del fin de la situación de interinidad de cuatro de sus magistrados, cuyo cese debía haberse producido en diciembre de 2007.

El Senado dio ayer el primer paso para que a mediados de octubre puedan abandonar sus puestos y entren cuatro nuevos jueces.

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De acuerdo con el procedimiento, el presidente de la Cámara alta, Javier Rojo, ha enviado a los presidentes de los Parlamentos autónomos una carta abriendo el plazo para que presenten candidatos a estos cuatro puestos. Pueden proponer dos cada comunidad (por lo que el máximo serán 34), y de entre ellos el Senado elegirá a los cuatro definitivos. El plazo termina el 29 de septiembre a las dos de la tarde. La Mesa del Senado verá los nombres en su reunión del día 30. A continuación, la Comisión de Nombramientos elegirá a cuatro y los llamará a comparecer. Siguiendo los plazos normales en el Senado, los magistrados pueden ser nombrados en el pleno del día 15 de octubre, diez meses después de la fecha que prevía la Constitución.

Es la segunda vez que se pone en marcha este proceso. La primera fue en noviembre, pero hubo que frenarlo porque el PP se negó a participar. El pleno del Senado necesita una mayoría de tres quintos para elegir a los magistrados, con lo que los votos del PP son imprescindibles. Los demás grupos renunciaron siquiera a presentar candidatos para no quemarlos en un proceso estéril.

El argumento del PP para boicotear el mandato constitucional del Senado de nombrar a cuatro magistrados fue su recurso a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en dos artículos: el que prolongaba el mandato de la presidenta, María Emilia Casas, y el que definía esta nueva forma de elegir a los magistrados a propuesta de las autonomías. Según el PP, este recurso de inconstitucionalidad debía resolverse antes de proceder a la designación. Además, el PP también recurrió el Reglamento del Senado que desarrollaba aquella ley.

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La razón de fondo del PP para oponerse a la renovación es que, hace nueve años, el Senado eligió a tres magistrados a propuesta de los conservadores y uno a propuesta del PSOE. En esta ocasión, con las nuevas mayorías, les corresponden dos y dos. Por tanto, los progresistas serán mayoría en el Constitucional al menos los próximos tres años, cuando hay más de una docena de recursos de inconstitucionalidad pendientes del PP contra leyes del Gobierno de Zapatero, entre ellos la madre de todas las batallas jurídicas: el Estatuto de Cataluña.

El Constitucional resolvió el primer recurso del PP contra la ley en mayo, descartando problemas de constitucionalidad. Sin embargo, tras las elecciones ha sido el PSOE el que ha asumido la tesis del PP de que, hasta que no se resolviera el segundo recurso (contra el Reglamento), no se podía nombrar a los magistrados. En realidad, ambos partidos estaban esperando a culminar las negociaciones sobre Justicia que escenificaron el pasado día 22 Zapatero y Rajoy en La Moncloa.

Con la sentencia sobre el Reglamento, notificada ayer, ya no existe ninguna excusa para no renovar a los cuatro magistrados. La resolución niega que la reforma del Reglamento merme las competencias atribuidas por la Constitución a la Cámara alta y, en contra de lo sostenido en los debates parlamentarios, asegura que el Senado conserva la posibilidad de proponer sus propios candidatos en caso de que no considere óptimos a los autonómicos.

El Reglamento establece que la Cámara sólo podrá hacerlo en caso de que "no se hubieran presentado candidaturas suficientes" por parte de las comunidades. Pero el Constitucional interpreta que el término "suficientes" no se refiere sólo al número de candidatos que deben presentarse al pleno sino también a su calidad, que debe evaluar la Comisión de Nombramientos de la Cámara. En caso de que los considere no aptos podrá seguir presentando los suyos a través de los grupos, como se hacía hasta la reforma.

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