A las buenas o a las malas
El Pleno del Parlamento de Vitoria aprobó el pasado viernes por mayoría simple y con un voto de diferencia la ley de consultas populares remitida por el Gobierno vasco. El tacaño préstamo de sólo uno de los nueve escaños de EHAK -otra de las segundas marcas que viene utilizando Batasuna para concurrir a las urnas desde su ilegalización en 2003 como brazo político de ETA- permitió al bloque formado por los tres partidos del Gobierno y por Aralar deshacer el empate a 33 votos con el PSOE y el PP. La portavoz del grupo nacionalista radical, cuya disolución ha sido pedida por la Fiscalía General y está siendo tramitada por la Sala Especial del Supremo, aprovechó su intervención parlamentaria para poner a caer de un burro al lehendakari Ibarretxe y a los grupos que le apoyan.
La nueva ley invoca una inexistente competencia supuestamente atribuida por el Estatuto de Gernika (la capacidad de celebrar consultas populares) y convoca a los ciudadanos el 25 de octubre a fin de recabar su opinión "sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política". La consulta se desdobla en un par de preguntas formuladas respecto a: 1) el proceso de final dialogado de la violencia con ETA; y 2) el proceso de negociación entre los partidos vascos "sin exclusión" a fin de someter a referéndum "antes de que finalice el año 2010" un Acuerdo Democrático sobre "el ejercicio del derecho a decidir del Pueblo Vasco". Aunque presentadas de forma aparentemente independiente, ambas cuestiones se hallan vinculadas entre sí como hermanas siamesas y son políticamente indisociables.
La lógica de las dos preguntas encadenadas -sus términos quedan reseñados en el parágrafo primero del artículo único de la ley- condiciona de hecho la desaparición de ETA en un impreciso futuro a la obtención del reconocimiento del "derecho a decidir del Pueblo Vasco", esto es, del derecho de autodeterminación de una fantasmal Euskal Herria unificada (el actual País Vasco, Navarra y los tres territorios vasco-franceses) como Estado soberano e independiente. ¿Quién tiene agallas para aceptar de buena fe que la disolución de ETA sería la consecuencia -a la vez ineluctable y justificada- de la celebración de ese referéndum de autodeterminación programado para finales de 2010 tras la consulta de 25 de octubre de 2008 y apoyado exclusivamente por votantes nacionalistas moderados o radicales? ¿Y no resulta insensata la ensoñación de que el Estado de derecho español pudiera verse obligado algún día a aceptar el chantaje de modificar la Constitución para dar vía libre al referéndum de autodeterminación bajo la amenaza enterrada en esa doble pregunta?
El memorando de un dirigente de la izquierda abertzale acerca de una reunión celebrada con Xabier Arzalluz durante los años noventa -el documento fue intervenido en un registro policial- atribuía al entonces presidente del PNV la fantasmada de que el nacionalismo moderado recogía -en una división del trabajo implícita- las nueces caídas de las ramas del árbol previamente sacudidas por el nacionalismo violento. El pacto secreto del PNV y EA con ETA y el acuerdo público de Estella en septiembre de 1998 materializarían esa estrategia -rota después por la banda terrorista- de perseguir el mismo objetivo común por las buenas de las vías institucionales o por las malas de los asesinatos y los atentados.
El sostenido e inacabable empate entre nacionalistas y autonomistas registrado electoralmente en el País Vasco desde hace treinta años (los resultados oscilan según se trate de generales, autonómicas y municipales) y la gran ventaja de los segundos sobre los primeros en Navarra hacen ilusoria cualquier esperanza de "alcanzar la paz y la normalización política" -para utilizar la fraseología de la ley de consultas recientemente aprobada- sin la desaparición previa de ETA y sin un entendimiento transversal en sede parlamentaria entre las fuerzas democráticas cualesquiera que sean los sentimientos de identidad de sus votantes.
El aire inocente de virginal sorpresa fingido por Ibarretxe al acusar con gesto contristado al Gobierno de Zapatero de negar la voz a los ciudadanos vascos por su anunciada decisión de impugnar la nueva ley al amparo del artículo 161.2 de la Constitución (lo que implicaría su suspensión) se compadece mal con su refinada astucia para imponer contra viento y marea a la sociedad vasca una cainita división entre dos mitades desigualmente enfrentadas. La propia norma muestra la hipocresía de las distinciones entre consulta y referéndum cuando anuncia que la consulta de 25 de octubre de 2008 abriría el paso al referéndum vinculante de finales de 2010. También son un engaño las menciones a las consultas del artículo 122 del nuevo Estatuto catalán y 78 del nuevo Estatuto andaluz: ambos preceptos se remiten al artículo 149.1.32 de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva para la convocatoria de consultas por vía de referéndum.
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