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Exculpadas 21 mujeres que abortaron en las clínicas de Morín

No delinquieron. La juez de Barcelona que investiga la actividad de las tres clínicas del grupo Ginemedex-TCB gestionadas por Carlos Morín ha exculpado a 21 mujeres que abortaron en esos centros. En todos los casos, la juez explica que las mujeres no fueron reconocidas por un psiquiatra y que ignoraban que tuvieran que hacerlo para acogerse al supuesto que permite abortar por afectar a la salud psíquica de la madre. Es lo que se llama, en términos jurídicos, un "error de prohibición invencible". Consiste en actuar sin ser consciente de que se comete delito, en aplicación de "la más pura lógica de cualquier ciudadano medio", según la juez.

Pero además, la magistrada considera que las mujeres no cometieron ningún delito. Alude al artículo 417.bis.2 del Código Penal de 1973 (sigue estando vigente), que las exculpa si abortaron dentro de los supuestos previstos por la ley, aunque lo hicieran sin el informe médico pertinente.

Más información
Texto de uno de los autos

Las 21 mujeres exculpadas forman parte de un grupo de 99 a las que imputó la Guardia Civil tras tomarles declaración. Cuando estalló el caso, los agentes se llevaron los 2.780 expedientes de abortos realizados en 2007 en las clínicas de Morín. Esa parte de las diligencias todavía sigue bajo secreto de sumario, por lo que se ignora en qué situación judicial están las mujeres.

Recurso previsible

La fiscalía anunció ayer que está estudiando caso a caso las resoluciones, pues aunque la juez adopta la misma decisión para 21 mujeres, son distintas sus circunstancias personales y sus declaraciones. Con todo, "resulta previsible" que no haya recurso. Si lo habrá "con toda probabilidad" por parte de los grupos católicos querellantes -E-Cristians, Alternativa Española y Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro-, según Pau Molins, el abogado que redactó una querella que, a la postre, ha derivado en el cierre de las clínicas.

La juez Elisabet Castelló también argumenta que existe la creencia generalizada de que abortar es una actuación lícita y "que corresponde en exclusiva a la mujer". Recuerda además que las únicas condenas firmes por aborto que se han dictado en España han sido contra médicos.

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