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La sentencia del 'caso Gescartera'

Los inversores de Gescartera cobrarán

Penas entre 3 y 11 años por apropiación y falsedad para 8 de los 14 procesados - La Caixa y Caja Madrid, condenados solidariamente como responsables civiles

Pocas veces los juicios por grandes estafas en las que desaparecen miles de millones y los perjudicados se cuentan por cientos acaban bien. Ayer la sentencia del caso Gescartera, que condenó a penas entre 3 y 11 años a ocho de los 14 acusados avivó un poco más la llama de la esperanza en un final feliz en los inversores y clientes de la agencia de valores intervenida en 2001. Dos cajas de ahorros solventes, La Caixa y Caja Madrid, resultaron condenadas como responsables civiles subsidiarias por coadyuvar conscientemente al "mantenimiento de la irregular operativa empresarial que realizaba Gescartera".

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No quiere esto decir que los inversores van a cobrar ya. Ni mucho menos. Ambas entidades han anunciado que recurrirán la resolución ante el Tribunal Supremo, porque mantienen que su actuación nunca fue irregular, que respetaron la legalidad vigente y que no causaron ningún perjuicio a los clientes de Gescartera. Es decir, que el partido continúa, aunque es evidente que los inversores han marcado el primer gol.

Lo que está claro es que los magistrados Paloma González Pastor, Ángeles Barreiro y Juan Francisco Martel, que ha actuado como ponente, han realizado un trabajo sólido, pormenorizado y riguroso que han plasmado en 592 folios de sentencia. Ninguna broma. Así lo han visto también los fiscales Vicente González Mota y Belén Suárez, cuyas tesis han sido avaladas por la sentencia. González Mota afirmó a este periódico que "la sentencia supone una garantía para los inversores en España, cuando lo hacen a través de entidades legalmente constituidas. La sentencia viene a demostrar que España es un país seguro en su sistema financiero".

La condena a La Caixa y Caja Madrid constituye una advertencia para aquellas entidades que están operando ahora mismo y dan cobertura a irregularidades de determinados chiringuitos financieros. El agujero patrimonial de Gescartera ascendió a 14.641 millones de pesetas, es decir, 87.995.626 euros.

Por lo demás, la sentencia declara probado los hechos que han ido saliendo durante los más de seis años de instrucción de la causa en la Audiencia Nacional. Esto es, que Antonio Camacho constituyó Gescartera en 1992, junto con su padre y otros dos socios. En 1997 incorporó como vicepresidenta a Pilar Giménez-Reyna, hermana del secretario de Estado de Hacienda, Enrique Giménez-Reyna, en el entonces Gobierno de PP.

El año siguiente, Camacho contrató como consejero delegado a José María Ruiz de la Serna, para que fuera interlocutor con la CNMV, debido a que desde la constitución de Gescartera como sociedad de gestión de carteras el órgano regulador le había impuesto varias multas millonarias por diversas irregularidades graves.

En 2000, Gescartera se transformó en Agencia de Valores, pero en diciembre de ese año, Camacho y Ruiz de la Serna tuvieron que dimitir después de que el Consejo de la CNMV les sancionara por faltas graves. Las irregularidades son numerosas y graves, especialmente en las operaciones intradía (operaciones de compra y de venta de los mismos valores en el mismo día), pues a los clientes no se les asigna valores comprados o vendidos, sino los resultados derivados de la compraventa en el día de los valores comprados y vendidos. Las pérdidas se asignaban a testaferros.

En ese periodo, la mayor parte de la fuente de ingresos de Gescartera procede de la retrocesión de corretajes de los intermediarios a los que aporta negocio. Gescartera, dice la sentencia, "no atendía a los intereses de los clientes", sino que operaba con intermediarios que le generaban ingresos por la retrocesión de comisiones.

La sentencia considera curioso que el mismo día que la CNMV sancionó a Camacho y Ruiz de la Serna (13 de julio de 2000), el Consejo de la CNMV adoptó el acuerdo favorable a la transformación de Gescartera en Agencia de Valores, lo que "revela cierta ligereza y precipitación", a pesar de que aquellas sanciones no implicaban la inhabilitación de los dirigentes de la empresa afectada. Gescartera había aportado documentos bancarios falsos desde 1999 para justificar su actividad.

El tribunal destaca que Camacho y los otros condenados despatrimonializaron Gescartera por el procedimiento de desviar los fondos recibidos de los clientes. Llevaron a cabo una "premeditada, sistemática y persistente maniobra de desapoderamiento de los capitales invertidos por los clientes".

Respecto a las cajas de ahorro condenadas, la sentencia señala que "la operativa llevada a cabo propició que Gescartera se apropiara de los fondos de sus clientes", distrayéndolos a cuentas de otras entidades, como La Caixa. Caja Madrid no efectuó correctamente su labor de custodia.

El propietario de Gescartera, Antonio Camacho, y su abogado llegan a las dependencias de la Audiencia Nacional.
El propietario de Gescartera, Antonio Camacho, y su abogado llegan a las dependencias de la Audiencia Nacional.CRISTÓBAL MANUEL

Los argumentos de la sentencia

- Los condenados "colaboraron manteniendo una situación aparentemente normalizada pero que en realidad constituía una mera fachada a cuya sombra se llevaba a efecto una premeditada, sistemática y persistente maniobra de desapoderamiento de los capitales y valores invertidos por los clientes".

- "Tanto el accionista principal, Antonio Rafael Camacho, como el director general, José María Ruiz de la Serna, como el subdirector general, Francisco Javier Sierra de la Flor, de modo coordinado, realizaron determinadas actuaciones encaminadas a adueñarse de parte de los fondos confiados, a desviarlos de la esfera patrimonial de sus titulares y a desatender los requerimientos de la CNMV en las visitas de inspección que practicaba".

- Pilar Giménez-Reyna, por su condición de directora comercial de Gescartera, conocía la actividad irregular de la empresa.

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