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El Supremo rechaza la suspensión cautelar de ANV por "desproporcionada"

La Sala cree que la democracia resistirá hasta el fin del proceso de ilegalización

La Sala Especial del Tribunal Supremo ha justificado el rechazo a suspender las actividades de ANV en que sería "desproporcionado" adoptar una medida que, de hecho, "representa la disolución anticipada de un partido", cuando el proceso de ilegalización apenas se prolongará unos meses más.

Según el Supremo, el peligro de que ANV siga en la vida pública unos meses hasta que se dicte la sentencia sobre su ilegalización "no puede anteponerse al que supone impedir toda actividad durante este corto espacio de tiempo" a un partido inscrito en el Registro.

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El Supremo reconoce que los "datos más significativos" de la actividad de ANV se conocieron en los últimos meses de 2007, aunque su "colaboración" con Batasuna y la "infiltración" de este partido en las listas de ANV en las municipales se detectó en fechas anteriores. Por eso, según la Sala, si el sistema democrático absorbió con éxito los efectos de un partido que colaboró con organizaciones ilegales, "parece desproporcionado adoptar ahora una medida que, de hecho, representa la disolución anticipada del partido".

La Sala defiende también la "compatibilidad" de su proceso de ilegalización con el que lleva el juez Baltasar Garzón en la Audiencia Nacional, en el que el juez ha suspendido todas las actividades de ANV durante tres años. A pesar de esa compatibilidad, la negativa del Supremo a suspender a ANV causó perplejidad en medios políticos, ya que, de no ser por la suspensión de Garzón, ANV hubiera podido celebrar manifestaciones y mítines pese no ir a las elecciones.

Los 16 magistrados de la Sala Especial se reunieron ayer para corregir y hacer pública con cierta urgencia la resolución que afecta a ANV ya que el lunes es la fecha de proclamación de candidaturas y la de ANV ha sido prohibida. Como el PCTV no se presenta a las elecciones, la resolución sobre este partido se conocerá el lunes. Otros aspectos del auto de ANV, del que ha sido ponente Ricardo Enríquez, con los siguientes:

- Prohibición de concurrir a las elecciones: La Sala prohíbe la proclamación de las candidaturas de ANV a las elecciones generales del 9-M porque si sus candidatos llegan al Congreso o al Senado se crearía una situación "irreversible", ya que una posterior ilegalización no les afectaría y podrían continuar en sus cargos. Por tanto, el interés general determina que no se proclame a los candidatos de un partido sospechoso de prestar cobertura política y apoyo económico a Batasuna, que a su vez fue disuelto por sus conexiones con ETA. El Supremo reconoce que privar a un partido de participar en unas elecciones es un hecho de "extraordinaria gravedad". Si finalmente no se ilegalizase a ANV, tendría que haber unos "efectos compensatorios en beneficio del partido".

- Cierre de locales: Rechazada la suspensión de actividades, la "consecuencia lógica" es que también se desestime el cierre de locales y la clausura de los inmuebles de ANV.

- Prohibición de ayudas públicas: La prohibición de entregar fondos públicos a ANV puede ser reparada si en su día la sentencia desestimase la ilegalización. Además, ANV siempre puede acudir a otras fuentes de financiación y si se desestima su ilegalización, recuperaría las cantidades. Esa prohibición permite que no salgan de las arcas públicas fondos que podrían contribuir al apoyo de organizaciones ilegales.

- Embargo de cuentas: Se rechaza el argumento de que si no se embargan las cuentas y activos de ANV podría producirse un "vaciamiento" de esas cuentas, porque el objeto del proceso no es la entrega de dinero u otros bienes fungibles. En cuanto a la posibilidad de que, durante el resto del proceso de ilegalización, ANV pueda utilizar sus recursos para apoyar organizaciones ilícitas, el Supremo razona que los fondos de ANV tienen muy diversa procedencia, están ya en su patrimonio y cuenta con ellos para su normal funcionamiento. Por lo que un embargo cautelar podría acarrear al partido "unos inconvenientes innecesarios y excesivamente onerosos".

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