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OPINIÓN
Columna
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Voces de mujer

En vísperas del vencimiento del plazo de presentación de candidaturas para el 9-M, el Constitucional ha resuelto a la vez de forma acumulada -por diez votos contra dos- una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife (a propósito de una lista del PP formada sólo por mujeres en el municipio de Garachico el pasado mayo) y un recurso de inconstitucionalidad del Grupo Popular sobre la disposición adicional segunda de la Ley para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres (LOIMH) aprobada el pasado 22 de marzo, que modifica algunos preceptos de la ley electoral de 1985.

La sentencia avala la plena constitucionalidad de la reforma introducida por la LOIMH: las candidaturas a los parlamentos y demás cuerpos electivos de representación deberán tener "una composición equilibrada" de hombres y mujeres, de forma tal que cada uno de los géneros ocupe como mínimo el 40% de los puestos de la lista. El alto tribunal contesta la cuestión planteada por el juez canario y refuta los motivos de impugnación del PP relacionados con la igualdad, las funciones de los partidos, la libertad ideológica, la unidad del cuerpo electoral y el sufragio.

El Constitucional rechaza un recurso del PP contra la igualdad de hombres y mujeres en las listas electorales

El encaje constitucional de una ley significa que el Parlamento debe necesariamente respetar las fronteras de la norma fundamental, pero a la vez puede desarrollar libremente su programa legislativo dentro de ese marco. La multiplicación por el PP durante esta legislatura de los recursos de inconstitucionalidad ha pretendido confundir los aspectos jurídico y político del problema: la arbitraria descalificación de una ley como inconstitucional equivale al grito ¡nene, caca! de una madre para que su hijo no toque un objeto higiénico.

A la inversa, la ya sentenciada constitucionalidad de la reforma electoral emprendida para que la voz de las mujeres sea más escuchada en el ámbito público no excluye los desacuerdos políticos -movidos por argumentos racionales o por prejuicios conservadores- también constitucionales con su texto. La defensa ideológica de la discriminación política de la mujer no corre sólo a cargo de viejos carcamales con zapatillas de orillo; también políticos acelerados con aires de modernidad dejan entrever sus rancias opiniones sobre la igualdad de género.

El último fichaje galáctico del PP, Manuel Pizarro, confesó en la cadena SER que a Rajoy le compraría un coche usado, pero a Zapatero sólo "la voz de su señora, que canta en un coro, a ver si nos regala sus canciones"; tal vez el fantasma melómano de Gallardón impulsara a su sucesor en el número dos de la lista popular por Madrid a opinar sobre el color, el volumen y el timbre de la voz de Sonsoles Espinosa. Con la patosa ironía de un tertuliano castizo de botica, Pizarro añadió que la contribución de la mujer del presidente del Gobierno a un coro de 40 cantantes debe de ser "tan importante" que le impidió acudir a la fiesta de cumpleaños del Rey. -

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