Marcha atrás en Andalucía

En Andalucía, las listas electorales al Parlamento autónomo no sólo tienen que ser paritarias, sino además cremallera, es decir, deben alternar a hombres y mujeres en la papeleta. Es la única comunidad cuya ley electoral, reformada en 2005, así lo establece. Esta fórmula se aplicará por primera vez en los comicios andaluces del 9-M, que se celebran a la par que las generales.
Los populares recurrieron al Tribunal Constitucional la ley andaluza, al igual que hicieron con la Ley de Igualdad, que dejaba abierta la puerta a las comunidades autónomas a interpretaciones más estrictas. Del 60%-40% de la ley general al 50%-50%, de la andaluza.
Visto el fallo del Constitucional, que ratifica las listas paritarias, los populares se plantean dar marcha atrás en su recurso en Andalucía. Así se desprende de las declaraciones del candidato del PP a la presidencia de la Junta, Javier Arenas. "Es presumible que el Constitucional plantee una respuesta que no diste mucho" de la dictada con la Ley de Igualdad, dijo, por lo que el PP estudia "si retirar o no" el recurso. La obligatoriedad de presentar candidaturas cremallera cambiará aún más la escenografía de la Cámara autonómica. En la legislatura recién terminada, de los 109 parlamentarios, el 39% son mujeres. Tras las elecciones, rondará el 50%.
El PSOE ha llevado la paridad incluso a los números uno: cuatro cabezas de lista por provincia son mujeres y otros cuatro hombres. En el caso del PP, sólo se halla una; la que abre la lista de Málaga.
Otras comunidades pioneras fueron Baleares, Castilla-La Mancha y País Vasco, que ya han celebrado elecciones con listas paritarias, que no cremallera, como la andaluza. El PP recurrió las cuatro leyes. Además de la andaluza, la vasca también está pendiente del Constitucional.
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