De la Rosa, año XIII
El 'caso Tibidabo' acaba pactado por temor a una absolución total
El juicio por la descapitalización de Grand Tibidabo, uno de los casos que mejor encarnó los prodigiosos años del pelotazo, ha quedado prácticamente ventilado esta semana, 13 años después de destaparse. La Audiencia de Barcelona no anunciará hasta enero si sienta en el banquillo a Javier de la Rosa y a otras cinco personas, pero, en el peor de los casos para ellos, sólo se les juzgará por delito fiscal. Y tiene muchas posibilidades de acabar absueltos.
La sociedad adeuda a Hacienda más de 24 millones por diversos impuestos
La defensa cree que había causas de nulidad, pero prefirió el acuerdo
También se les acusa de apropiación indebida, pero lo reconocerán cuando se reanude la vista, el 14 de enero, y al tribunal no le quedará más remedio que dictar una sentencia de conformidad. Es la consecuencia del acuerdo extrajudicial entre todas las partes y que conllevará una pena de tres años de cárcel para Jotaerre por apropiarse de 68 millones de euros entre 1991 y 1994 en diversas operaciones de ingeniería financiera. En el caso de Juan Cruells, Ramon Fiter, Arturo Piñana, Florencio Cerdà y Manuel Prado y Colón de Carvajal, la pena será de un año prisión.
La justicia no entiende de silogismos, pero es inevitable comparar esa condena con las que se imponen a diario en España. Si se recuerda, además, que 10.000 pequeños accionistas perdieron los ahorros de su vida y que todavía no han cobrado, la pena aún parece más blanda.
"Es verdad que para este viaje no hacían falta alforjas. A nosotros no nos satisface el pacto, pero creemos que es un mal menor", explica Miquel Masramon, el abogado que defiende a más de 200 perjudicados. "Con o sin juicio, lo importante es que los accionistas cobren algún día y hay que admitir que el proceso penal no es la mejor vía". Masramon entiende que cuando la sentencia penal adquiera firmeza será más fácil acudir a la vía civil y seguir batallando en otros procedimientos para que los accionistas cobren.
Uno de esos procesos pendientes es la tramitación de la quiebra que presentó Grand Tibidabo en 2004, con 30,38 millones de euros de deuda. De ellos, 24,1 millones eran deudas contraídas con la Agencia Tributaria por diversos períodos e impuestos, principalmente de sociedades. Hace ahora tres años, se presentó a la junta de accionistas un convenio para liquidar la empresa, pero la Agencia Tributaria se opuso y el proceso sigue vivo.
La deuda de Grand Tibidabo con Hacienda explica la rotunda negativa del Abogado del Estado a retirar su acusación por delito fiscal contra De la Rosa, Cruells, Piñana y Carolina Malagelada. Para los dos primeros solicita cuatro años de cárcel y para los restantes, dos años y dos meses, además de una indemnización conjunta de 1,62 millones de euros. Esa es la cantidad que, según la Abogacía del Estado defraudaron a Hacienda Grand Tibidabo y las sociedades instrumentales utilizadas en las operaciones de ingeniería financiera.
Diversas fuentes judiciales han explicado que si la Abogacía del Estado se sumase al pacto extrajudicial y renunciase a seguir acusando por delito fiscal, Hacienda estaría renunciando a cobrar la deuda pendiente de 24,1 millones de euros. Por eso, el pasado día 17 la insistencia del Abogado del Estado sacó de quicio a algunas de las defensas cuando pidió que hubiera juicio.
Si finalmente hubiera juicio por delito fiscal, Hacienda seguiría mantenido esa posición privilegiada para cobrar algún día, aunque finalice con sentencia absolutoria, como parece. "A quien se lleva el dinero de una sociedad no se le puede pedir que lo declare a Hacienda si, encima, la perjudicada es la propia sociedad", explica Emilio Sánchez Ulled, fiscal del caso, junto a David Martínez Madero.
Por eso, reconoce que, con la evolución de la jurisprudencia, no se sostiene la acusación de delito fiscal que presentó la fiscalía en su escrito de conclusiones provisionales en 2000 y por el que se pedían cuatro años de cárcel para De la Rosa. También se le acusaba de apropiación indebida y se le pedían tres años de cárcel por el desvío de seis millones de euros de la sociedad Gran Península a Grand Tibidabo a través de un aval de la Generalitat, pero la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona lo archivó al no apreciar delito. La tercera acusación contra De la Rosa era el delito continuado de apropiación indebida por vaciar las arcas de la sociedad. La petición inicial de la fiscalía era de seis años y finalmente ha quedado reducida a tres para poder firmar el pacto extrajudicial con las defensas y las acusaciones.
El fiscal Sánchez Ulled defiende el pacto extrajudicial y admite que se corría el riesgo de una absolución por todos los delitos a causa del tiempo transcurrido. "Lo que vale es lo que se diga en el juicio y ya han pasado entre 13 y 17 años de los hechos, con lo que difícilmente se pueden acordar los testigos", explica. La otra prueba de cargo son los informes periciales, "que son contradictorios y tampoco van a recordar quienes los hicieron".
Francesc Jufresa, abogado de De la Rosa, también afirma que el pacto extrajudicial que él instigó no le satisface del todo -en un principio su cliente sólo aceptaba una pena de seis meses-, y que podría haber combatido la absolución. Con todo, cree que es preferible así. "Teníamos numerosos motivos para pedir la nulidad, porque se realizaron intervenciones telefónicas sin garantías y Hacienda estuvo investigando a las sociedades al tiempo que lo estaba haciendo el juzgado. Por no hablar de que quien entonces defendía a mi cliente era, al mismo tiempo, un imputado en la causa". Pero como tampoco tenía la certeza de que el tribunal le daría la razón prefirió pactar con las acusaciones.
Un atenuante que esgrime el fiscal para rebajar la pena son las dilaciones indebidas. O sea, la dificultad para celebrar juicio por los recursos y escritos de las defensas. Pero el retraso se produce si, como ocurrió en este caso, los jueces tardan más de un año en resolver. El caso Gran Tibidabo lo investigó el Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona, cuyo titular es Joaquín Aguirre, y los recursos de apelación los vio la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que preside Pedro Martín. Era el tribunal que debía celebrar el juicio, pero se abstuvo en 2004 por entender que estaba "contaminado" al resolver tantos recursos.
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