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La Fiscalía insta a Gas Natural a que devuelva los cobros irregulares

El Ministerio Público exige el listado de afectados y las cantidades debidas

Manuel Planelles

Gas Natural aseguró el lunes que las reclamaciones de todos los andaluces debían presentarse en la Audiencia Provincial de Córdoba, alegando que era lo que se establecía en la sentencia judicial. Pero la compañía reculó ayer y puso a disposición de los afectados "un servicio de tramitación de estas reclamaciones a través del cual, con la fotocopia del DNI, el contrato de suministro y los justificantes de pago, se tramitarán las devoluciones".

Se podrá hacer en los Centros del Gas de cualquier ciudad o a través del teléfono 902 250 365. La primera opción, la de obligar al consumidor a acudir al juzgado cordobés, hubiera sido muy costosa, ya que la empresa tiene que pagar las costas de cada una de las reclamaciones individuales.

"Yo estoy contenta con el Gas Natural, pero no admito que me cobren más", dijo ayer Maria del Carmen Montero, una cordobesa de 62 años. Su marido, Fernando García, acudió por la mañana a la oficina municipal de consumo para reclamar el dinero que se le facturó de forma indebida. "Tenemos gas desde 1993, fuimos de los primeros del barrio", aseguró Montero.

"Es muy cómodo porque no tenemos que estar pendientes de la bombona", añadió. "Pero no me gusta que me engañen". Montero posó ayer con el contrato que firmó en 1993. El problema reside en que esta familia no conserva todas las facturas desde entonces.

"Lo ideal sería que, de buena fe, la compañía realizara la devolución a través de la factura", dijo ayer José Antonio Martín Caro, fiscal jefe de la Audiencia de Córdoba, en referencia a la empresa Gas Natural. El Tribunal Supremo acaba de ratificar una sentencia de la Audiencia de Córdoba en la que se declara irregular el cobro que la empresa hizo de los derechos de alta entre 1997 y 2004 y de las instalaciones comunes entre 1997 y 2005. Su aplicación es para toda Andalucía y la compañía está obligada a rembolsar el dinero que facturó indebidamente.

El Ayuntamiento de Córdoba y la Fiscalía llevaron este caso a la Justicia en 2003 después de recibir varias reclamaciones. Según ambas instituciones, en toda la región puede haber unos 200.000 afectados. Pero es sólo una estimación, ya que los únicos que pueden conocer el número exacto son los responsables de la compañía. Y no dan esa cifra ni las cantidades que deben reintegrar alegando que la desconocen al tratarse de periodos acotados en el tiempo. Martín Caro anunció ayer que esos datos pueden exigirse por la vía judicial.

Gas Natural Andalucía decidió retirar en julio de este año el recurso de casación interpuesto en el Tribunal Supremo contra la sentencia en la que se declaraba que los cobros por derechos de alta y las instalaciones comunes eran indebidos, ya que esos dos aspectos no estaban regulados en la comunidad andaluza. Al retirar el recurso, se da por buena la sentencia y la empresa debe devolver el dinero.

El fiscal jefe de Córdoba conminó ayer a la empresa de gas a que realice el desembolso a través de la factura que actualmente pasa a sus clientes, algo que la compañía todavía no ha decidido.Martín Caro dijo ayer que la Justicia tiene instrumentos para que se acate la sentencia: que se publique en distintos medios de comunicación andaluces o que se presente el listado de afectados y las cantidades a devolver.

Respecto al dinero, es difícil dar una cifra global sin la colaboración de la compañía. Actualmente, Gas Natural Andalucía cobra 60 euros por los derechos de alta y 24 euros al año por la instalación comunitaria. Esas cantidades, suponiendo que no hayan variado, habría que multiplicarlas por los afectados. En el caso de los derechos de alta, todos los clientes que entraron en Gas Natural entre 1997 y junio de 2004 están afectados, según la Fiscalía cordobesa.

Martín Caro calificó ayer la sentencia como "histórica". Este caso arrancó en 2003. La oficina municipal de consumo de Córdoba recibió varias reclamaciones referentes a estos cobros indebidos. El Ayuntamiento decidió entonces ponerse en contacto con la Fiscalía. Un año antes, en 2002, la legislación española se había adaptado a la de la UE para permitir al Ministerio Público presentarse en un proceso para defender derechos difusos, es decir, de un colectivo. Según Martín Caro, en España no se había logrado una sentencia sobre derechos difusos hasta ahora, aunque en la Comunidad Valenciana se tramita ahora un caso parecido.

Desde 2003 hasta ahora se han emitido varias sentencias de particulares en nuestro país en las que se declaraban ilícitos los cobros de derechos de alta. Eran indebidos porque simplemente no estaban regulados por las administraciones. En el caso de los servicios comunes, Martín Caro apuntó ayer que la empresa sólo tiene derecho a cobrarlos desde verano de 2005 y que para que sea legal debe figurar por escrito esa cláusula en el contrato.

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Sobre la firma

Manuel Planelles
Periodista especializado en información sobre cambio climático, medio ambiente y energía. Ha cubierto las negociaciones climáticas más importantes de los últimos años. Antes trabajó en la redacción de Andalucía de EL PAÍS y ejerció como corresponsal en Córdoba. Ha colaborado en otros medios como la Cadena Ser y 20 minutos.

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