_
_
_
_
Análisis:Laboral | CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Control de ordenadores

El control empresarial del uso del ordenador de trabajo requiere fijar previamente las "reglas" en que tal uso debe producirse. De no ser así, cualquier "intromisión" por la empresa en los medios informáticos (correo electrónico, internet, archivos personales) se estimará que invade la intimidad del trabajador. Así lo ha establecido recientemente una sentencia del Tribunal Supremo.

En primer lugar, el tribunal va a rechazar que en el control del uso de los medios informáticos deban aplicarse las garantías que la ley impone para el registro de los efectos personales y taquillas del trabajador. Considera que estamos ante supuestos distintos. La persona del trabajador y sus efectos personales forman parte de su esfera privada por lo que al realizar tales registros, el empresario actúa de forma exorbitante y excepcional, fuera del marco de ejecución del contrato de trabajo. De ahí la necesidad de establecer límites adicionales. Pero ello no es aplicable al control del uso de los ordenadores.

A juicio del tribunal, las medidas de control sobre los medios informáticos deben situarse dentro del ámbito normal del poder del empresario, en cuanto estamos ante un instrumento de producción del que es titular la empresa. Con el ordenador se ejecuta la prestación de trabajo y, por ello, el empresario puede verificar en él su correcto cumplimiento.

Los límites al control empresarial de los medios informáticos vendrán impuestos por razones de otro orden. Al respecto, no cabe desconocer la existencia de un hábito social generalizado de tolerancia con ciertos usos personales moderados de los medios informáticos y de comunicación facilitados por la empresa. Esa tolerancia crea una expectativa, también general, de confidencialidad.

Por ello, para romper tal expectativa, lo que debe hacer la empresa es fijar previamente las reglas de uso de esos medios (con prohibiciones absolutas o parciales), e informar a los trabajadores de que va a existir un "control" así como de las medidas que se van a adoptar para garantizar su efectiva utilización laboral. De esta forma, si el medio se utiliza para usos privados, no podrá entenderse que al realizarse tal control se ha vulnerado "una expectativa razonable de intimidad".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_