El Constitucional rechaza la petición de no examinar 75 artículos del Estatut
El Tribunal Constitucional ha desestimado la petición de la Generalitat y el Parlamento de Cataluña de "dar por desaparecida" la causa que llevó al PP a recurrir 75 artículos del Estatuto de Autonomía de Cataluña, porque los mismos diputados de este partido votaron posteriormente "preceptos idénticos o de contenido equivalente" en la reforma de los estatutos de Andalucía, Aragón y Baleares.
En una providencia dictada el pasado día 12, el Tribunal acuerda entregar copia de los escritos de la Generalitat y el Parlamento catalán a las demás partes personadas, "no habiendo lugar", añade, "a lo que en dichos escritos se solicita".
El recurso del PP reclamó la inconstitucionalidad del preámbulo, 114 de los 223 artículos y 12 disposiciones adicionales y transitorias del Estatuto catalán. Sin embargo, los abogados de la Generalitat y del Parlamento catalán alegaron ante el Tribunal Constitucional que los mismos diputados del PP habían cambiado de criterio acerca de la constitucionalidad de nada menos que 66 artículos (cinco de ellos en varios puntos), tres disposiciones adicionales y dos finales del Estatuto.
El cambio de posición se habría producido cuando votaron "la aprobación de estatutos de autonomía con preceptos idénticos o equivalentes a los que impugnaron del Estatuto de Autonomía de Cataluña". Al emitir este voto, según dichas alegaciones, los diputados del PP exteriorizaron un cambio de criterio mediante el que han venido a reconocer ahora que esos preceptos coincidentes "son plenamente conformes con la Constitución".
No lo ha entendido así el Constitucional, que ha declarado que no ha lugar a estimar ese cambio de criterio. En el supuesto de que el Constitucional hubiera atendido las alegaciones de las instituciones catalanas, quedarían vivos todavía los recursos contra 49 artículos del Estatuto, su preámbulo y varias disposiciones adicionales y finales, así como los recursos presentados contra el mismo Estatuto por el Defensor del Pueblo y por los Gobiernos de cinco comunidades.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Recurso inconstitucionalidad
- Tribunal Constitucional
- Estatutos Autonomía
- PP
- Comunidades autónomas
- Recursos judiciales
- Política municipal
- Política autonómica
- Cataluña
- Administración autonómica
- Tribunales
- Poder judicial
- Juicios
- España
- Partidos políticos
- Administración pública
- Proceso judicial
- Política
- Estatutos
- Normativa jurídica
- Legislación
- Justicia