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El TSJA desestima las medidas cautelares contra el POTA pedidas por Fadeco

El TSJA ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Federación Andaluza de Empresarios de la Construcción (Fadeco) Promotores en su recurso contra el POTA, una decisión que la Junta valoró porque "confirma" su posición al respecto, mientras que la patronal negó que sea un "varapalo".

En su auto, el TSJA entiende que los intereses de los constructores no pueden primar sobre los generales que conlleva la planificación urbanística. El alto tribunal señala que el interés particular que pretende justificar la suspensión puntual del POTA está representado por el legítimo interés que representa Fadeco, "pero que no es tan intenso como para evitar la ejecución de una norma emanada de la administración autonómica".

La sala de lo contencioso administrativo de Málaga del TSJA recuerda que en el proceso de elaboración "se presumen que han participado muchos colectivos mediante las alegaciones propias de dicho proceso de elaboración y que, como colofón final que hace de esta disposición general una norma general, se han incorporado a la misma las recomendaciones del Parlamento de Andalucía". En definitiva, "el interés general representado por la norma que se pretende suspender está especialmente reforzado por la intervención del órgano que representa la soberanía popular en el territorio".

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