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El Supremo confirma la ilegalidad de la retirada del orujo que ordenó el PP

Los productores valoran el triunfo "moral" y se plantean reclamar indemnizaciones

Ginés Donaire

Seis años después de que la entonces ministra de Sanidad, Celia Villalobos, decretara la alerta sanitaria del aceite de orujo por la crisis del benzopireno, el Tribunal Supremo acaba de dar carpetazo al caso confirmando la ilegalidad de la medida del anterior Ejecutivo del Partido Popular. El Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado a la sentencia de 2004 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declarando injustificada y desproporcionada la incautación por Sanidad de 30.000 toneladas de orujo.

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Los productores valoraron ayer este triunfo "moral" al tiempo que se plantean reclamar indemnizaciones por las pérdidas ocasionadas, que cifran en 90 millones de euros.

El fallo del Supremo, que es consecuencia de la demanda interpuesta en su día por la Asociación Española de la Industria y Comercio Exportador de Aceite de Oliva (Asoliva), considera que "no había justificación científica ni riesgo para la salud" para tomar una medida que supuso un auténtico varapalo para un producto que, prácticamente, desapareció del mercado durante varios años y que, aún hoy, se afana por recuperar parte del consumo perdido.

El Supremo también alude a que el procedimiento seguido por el entonces Ministerio de Sanidad y Consumo no fue el adecuado, pues aunque el departamento que presidía la popular Celia Villalobos se escudó en que la alerta sanitaria era una recomendación a las comunidades autónomas, la Sala Tercera del Supremo interpreta que la orden del ministerio fue más bien un "imperativo" o una "exigencia".

De hecho, varias comunidades autónomas han sido condenadas a pagar indemnizaciones millonarias a empresarios del sector al ser ellas las competentes para ejecutar la alerta sanitaria del ministerio.

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No había riesgo

Asoliva valoró ayer que el fallo del Supremo confirme la tesis de la asociación, que defendía que el producto no representaba un peligro grave por lo que no debía ser declarado ilegal. A su juicio, esta declaración fue una decisión que el Estado adoptó en el ejercicio de sus competencias y que no dejaba elección a las comunidades autónomas, dado el riesgo que se les anunciaba. "No existía riesgo grave y extraordinario para la salud pública, por lo que la medida de ordenar la retirada inmediata fue desproporcionada e injustificada", denunció Asoliva, que representa al 85% de la exportación nacional de aceite envasado y entre el 30 y el 50% del granel.

Por su parte, el presidente de la Asociación Nacional de Extractores de Orujo (ANEO), Fernando Muñoz, se congratuló ayer por lo que considera un triunfo "moral" del sector. "Lo más importante es que se ha demostrado que el aceite de orujo es un producto saludable y que no había razón alguna para una medida tan desproporcionada", indicó Muñoz, que considera que los entonces dirigentes del Ministerio de Sanidad "deberían asumir responsabilidades" por entender que "metieron la pata".

Los productores consideran que la sentencia del Supremo abre la vía para que los empresarios del sector reclamen de forma masiva indemnizaciones por los daños sufridos por la inmovilización del orujo. Ya ha habido algunos que han ganado la batalla judicial, como es el caso de la extractora Hijos de Espuny S. A., de Osuna (Sevilla), que en enero del año pasado logró que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condenase a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta andaluza a pagarle 3.986.053 euros por las pérdidas ocasionadas tras la alerta sanitaria.

El Alto Tribunal andaluz indicó que el Ministerio de Sanidad se basó para decretar la alerta en una noticia aparecida en un diario checo (que aludía a la posibilidad de células carcinógenas en varias marcas de orujo español) al que consideró un medio "carente absolutamente de rigor científico alguno" y sin descartar que "fuera una noticia interesada por razones comerciales".

La orujera sevillana alegó que los aceites de orujo inmovilizados cumplían las autorizaciones y controles exigidos en la normativa vigente.

Celia Villalobos, tras un Consejo de Ministros en julio de 2001.
Celia Villalobos, tras un Consejo de Ministros en julio de 2001.ULY MARTÍN

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