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Tribuna:Inversión | CONSULTORIO
Tribuna
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A distancia

Estos días se ha publicado la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados al consumidor, que regula el marco de actuación básico en el que han de prestarse todos los servicios bancarios, de inversión, de seguro y planes de pensiones sin presencia física de las partes, por vía telemática, telefónica, fax o sistemas similares.

Es un ámbito en el que las entidades financieras compiten cada vez más, y donde algunas de ellas se han especializado exclusivamente en la prestación a distancia de dichos servicios.

La utilización de servicios financieros depende mucho de la confianza que tengan los clientes en los proveedores de los mismos. No es extraño, entonces, que la ley persiga el objetivo de conseguir una elevada protección de los consumidores, sin ignorar las especiales características de los servicios financieros.

Dentro de tres meses entrará en vigor la ley sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados al consumidor

Esta protección se configura, en esencia, en torno a dos aspectos. El primero es una regulación rigurosa de la información que deben recibir los consumidores antes de la celebración del contrato, de forma que éste pueda cerrarse con completo conocimiento por las partes contratantes de sus respectivos derechos y obligaciones.

El segundo es el derecho de desistimiento, que permite al cliente rescindir el contrato en un plazo determinado sin otro argumento que su voluntad de hacerlo. No es un derecho absoluto porque debe adaptarse a la naturaleza de los servicios financieros, de modo que no podrá ejercerse en ciertos casos, debido, sobre todo, a la fluctuación de las condiciones de ciertos contratos, como los que se refieren a valores negociables, o porque las condiciones contractuales exijan una seguridad jurídica especial, como es el caso de las hipotecas.

Aunque la ley no entrará en vigor hasta dentro de tres meses, para dar tiempo a las entidades a adaptarse a ella, debe fomentar, junto con el desarrollo más general de la sociedad de la información, una mayor utilización de los canales a distancia por parte del consumidor de servicios financieros.

F. J. Valerio y F. Azpeitia son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas. Grupo AFI.

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