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Multa de 3,7 millones a SOS y a ocho grupos de comercio minorista

La OCU denunció la fijación de precios mínimos del aceite en 2002

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha impuesto una multa de 3.774.600 euros al grupo SOS-Cuétara y los ocho grupos más importantes de la distribución minorista por la fijación en el año 2002 de unos precios mínimos iguales de venta al público para los aceites bajo las marcas Carbonell y Koipesol, controladas por SOS-Cuétara. Esta resolución ha sido consecuencia de una denuncia presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ante el Servicio de Defensa de la Competencia, que luego envió el expediente al tribunal.

Para la OCU, se trata de una sanción ejemplar y de una advertencia contra este tipo de actos. El grupo SOS ha mostrado su desacuerdo con esta resolución y ha señalado su decisión de recurrirla ante la Audiencia Nacional. Para el grupo agroalimentario, la resolución se ha basado más en indicios que en pruebas firmes y se habría producido sin el voto favorable de todos los miembros del tribunal.

Las sanciones impuestas se elevan a dos millones de euros para el grupo aceitero SOS, 413.800 euros para Mercadona, 338.250 para Diasa, 317.200 para Eroski, 214.000 para Caprabo, 147.200 para El Corte Inglés, 145.500 para Alcampo, 112.750 para Carrefour y 85.900 euros para el grupo de supermercados El Árbol.

Los hechos denunciados por la OCU se remontan al otoño de 2002, cuando la organización de consumidores detectó en el mercado que los precios de los aceites Carbonell y Koipesol eran idénticos en el 99% de los 417 establecimientos minoristas visitados durante el mes de agosto de ese año.

Esos precios, según la denuncia, en el caso del aceite de oliva bajo la marca Carbonell, en ningún caso estaban por debajo de los 2,69 euros litro, mientras para el aceite de girasol, bajo la enseña Koipesol, el precio mínimo era de 1,19 euros por litro.

La Ley de Defensa de la Competencia prohíbe en su artículo primero fijar precios mínimos de venta al público entre industriales y distribuidores al considerar que elimina la competencia y supone un perjuicio grave para los consumidores.

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