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Los polémicos PAI, a examen del tribunal europeo

La naturaleza de los polémicos PAI (Programas de Actuación Integrada) y los criterios de adjudicación serán examinados por el tribunal europeo. La Comisión denunció ayer a España ante el Tribunal de las Comunidades Europeas porque la LUV infringe las directivas comunitarias sobre contratación pública. El expediente de infracción, abierto en la primavera de 2005 contra la derogada LRAU y luego contra la LUV, acabó en denuncia. "Aunque la LUV simplifica el procedimiento de selección del agente urbanizador [de un PAI], la LUV sigue incumpliendo las directivas", dijo la Comisión.

Bruselas cuestiona la situación de privilegio del primer licitador de un PAI, el contenido de los anuncios de licitación, los criterios de adjudicación de los contratos e incluso su propia naturaleza. Según la Generalitat este es de naturaleza especial y no se rige por la ley de contratos públicos, y la Comisión sostiene lo contrario. El proceso que ahora se inicia se alargará unos dos años e incluso más. Si Luxemburgo condena a España, la LUV debería modificarse.

La secretaria autonómica de Territorio, Cristina Serrano, dijo que la LUV representa un avance con respecto a la LRAU socialista y destacó que amplía de 10 días a dos meses el plazo para que los propietarios del suelo ejerzan sus derechos, obliga a notificar individualmente la aprobación de un PAI a todos los afectados y separa la figura del agente urbanizador del constructor.

Abusos Urbanísticos No, autor de la queja a la CE, mostró su satisfacción por esta decisión y explicó que si el tribunal da la razón se reducirá la discrecionalidad de los ayuntamientos, se dificultará la corrupción y los maletines, y se dará un paso más para frenar el urbanismo salvaje. Francesc Signes (PSPV) dijo que esta denuncia es "un mal comienzo" de legislatura para el PP.

El TSJ enmienda un error

Mientras, en Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) emitió ayer un auto en el que levanta la suspensión cautelar dictada el pasado día 7 sobre el programa urbanístico PAU-21, en el término de Orihuela. El proyecto, promovido por la mercantil GMP Nueva Residencial SL, prevé 2.200 casas en el entorno de la Sierra Escalona. El primer fallo, a raíz de un recurso del grupo Ecologistas en Acción del País Valenciano, se basaba en la falta de agua.

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El TSJ, en un nuevo auto aclaratorio, revoca la anterior resolución debido a "una serie de infortunadas circunstancias informáticas" que incorporaron "fundamentos jurídicos y un fallo relativo a otro procedimiento". El Tribunal explica que aunque durante la tramitación autonómica del expediente se emitió un primer informe negativo a la disponibilidad de agua por parte de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, después el Gobierno garantizó el suministro hídrico con la desaladora de San Pedro del Pinatar y, además, la Confederación Hidrográfica del Segura ha emitido un nuevo informe en el que no plantea objeción al PAU.

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