Condenada la Diputación de Valencia y dos empresas por la muerte de un peón

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado la condena contra la Diputación de Valencia y las empresas constructoras Stachys S. A. y Pavasal S. A., a pagar 72.000 euros de indemnización al considerarlas responsables del accidente laboral que costó la vida al peón Manuel Rodríguez Cifuentes, de 30 años y natural de Quesada (Jaén), el 1 de abril de 2004. Rodríguez falleció mientras trabajaba en unas obras de conservación y mejora de la carretera CV-560, entre Sumacárcer y Navarrés, en el término de L'Alcudia (Valencia).
En marzo del año pasado, el Juzgado de lo Social número 8 de Valencia condenó a la Diputación valenciana y a las dos empresas a indemnizar a los dos hermanos del fallecido, que eran sus únicos herederos, con 72.000 euros (36.000 a cada uno de ellos) por la falta de medidas de seguridad en la citada obra.
Tanto la Diputación como las dos empresas recurrieron en súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, que ahora ha desestimado el recurso y confirma el fallo del Juzgado de lo Social. El fallo deja claro que el accidente no fue fortuito, como alegaban las defensas, sino que se produjo por la falta de medidas de seguridad en unas obras de gran complejidad.
El accidente se produjo por el deslizamiento y vuelco de una piedra de grandes dimensiones (de unos cuatro a siete metros cúbicos de volumen y unos 15.000 kilos peso) que alcanzó al trabajador y le causó su muerte por aplastamiento. El operario se encontraba realizando tareas de saneamiento en una ladera, obras que fueron subcontratadas por Pavasal S. A. a Stachys S. A.
Inicialmente, el Juzgado de Alcira archivó el caso tras la resolución de la Inspección de Trabajo de Valencia exponiendo que el accidente fue fortuito y que no había falta de medidas de seguridad.
La familia reclama
Sin embargo, la familia del fallecido, asistida por el graduado social jiennense y experto en seguridad laboral Francisco Delgado López, presentó una reclamación por daños y perjuicios que fue estimada por el Juzgado de lo Social número 8 de Valencia y ahora confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En la sentencia, se responsabiliza a las partes condenadas de no haber realizado los pertinentes informes técnicos sobre la situación de inestabilidad de la ladera, máxime teniendo en cuenta que en los días previos habían caído en la zona cerca de 200 litros por metro cuadrado, que habían ido filtrándose y afectando al terreno adyacente a la roca.
La obra sólo fue revisada por el encargado de la constructora, "que carece de conocimientos técnicos". La Diputación de Valencia rechazó con anterioridad la reclamación presentada por los familiares de la víctima.
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