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Los municipios podrán prever superar los límites del POTA pasados ocho años

La Junta ha aprobado siete planes urbanísticos con estas condiciones desde enero

La Junta admitirá que los municipios planteen en sus planes urbanísticos nuevos suelos urbanizables que superen los límites establecidos en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), pero con la condición de que los excesos no podrán desarrollarse hasta pasados ocho años de vigencia de los mismos. En cualquier caso, y siempre que las previsiones de estos primeros ocho años se cumplan, la ejecución de los crecimientos extras deberán ser autorizadas previamente por las comisiones provinciales de urbanismo para garanztizar que existen los equipamientos precisos.

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Fuente del Rey, dormitorio de Jaén

La norma 45 del POTA que establece que los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) no podrán contemplar suelos urbanizables que supongan un 40% más que los existentes y un 30% de crecimiento de la población, ha sido muy cuestionada por los ayuntamientos, y especialmente por poblaciones menores del interior con ciertas expectativas de crecimiento por el desarrollo de nuevas actividades -aspiran a convertirse en ciudades dormitorio de las capitales o han experimentado un impulso por el desarrollo del turismo rural-.

La Consejería de Obras Públicas ha encontrado una fórmula para que, sin incumplir en ningún caso los límites fijados en el POTA, se pueda dar satisfacción a estas expectativas. Y es que los municipios puedan incluir en sus PGOUs suelos urbanizables no sectorizados a desarrollar a partir de los ocho años. El suelo urbanizable sectorizado, que es el que el Ayuntamiento puede desarrollar y ejecutar una vez aprobado su PGOU, nunca podrá superar los límites del 30% y 40%. El desarrollo de los no sectorizados a partir del octavo año siempre que se hayan cumplido las previsiones de desarrollo, requerirá la autorización previa de las comisiones provinciales de urbanismo, pues lo que se persigue es el crecimiento "planificado y ordenado", de forma que estén garantizados los equipamientos públicos necesarios para la nueva población. Los municipios además tienen que elaborar un estudio de demanda de vivienda que justifique el crecimiento urbanístico.

Según un portavoz de la Consejería de Obras Públicas, con esta fórmula se mantiene el objetivo de la norma de erradicar la especulación pues "se obliga a edificar todo lo que está programado, sin dar opción a que haya una retención de los suelos con fines especulativos".

Desde comienzos de año, la aplicación de esta fórmula ha permitido aprobar ya siete planes de ordenación urbana de municipios que habían previsto inicialmente crecimientos superiores a los límites: Pruna, La Rinconada y Villanueva del Ariscal (Sevilla), Jamilena, Torreperogil y Villacarrillo (Jaén) y Alfacar (Granada), seis gobernados por el PSOE y uno por IU.

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