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La Generalitat, condenada a pagar los gastos de hotel de una familia del Carmel

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 6 de Barcelona ha condenado a la Generalitat a indemnizar con 8.005 euros a un matrimonio afectado por el derrumbe del túnel del Carmel en concepto de los "perjuicios morales" sufridos cuando la Administración autonómica les retiró las subvenciones para pernoctar en un hotel porque no se negaron a suscribir el acuerdo para retornar a su casa.

La sentencia considera que la decisión de la Generalitat dejó en una situación de "manifiesta indefensión" a la pareja, vecinos de un inmueble situado en la calle de Llobregós. Los hechos ocurrieron cuando la Generalitat les comunicó por escrito el 28 de julio de 2005 que desde el día 26 de julio ya no les abonarían las prestaciones económicas para los gastos de alojamiento en un hotel, porque era el único matrimonio que no se había adherido al convenio para fijar las condiciones de retorno a las respectivas viviendas tras las obras de rehabilitación. Ese convenio había sido firmado el mes de mayo de aquel año por la Generalitat y la asociación de vecinos del Barrio del Carmel, así como por varios representantes legales de algunos afectados.

"A nadie le puede extrañar el grave trastorno y las negativas consecuencias derivadas del abrupto anuncio de suspensión inminente del pago de unas prestaciones económicas por la falta de adhesión a un convenio que, por las razones que sea, se rechaza", dice la sentencia. En este sentido, el juez considera legítima la pretensión del matrimonio de ser resarcidos económicamente, debido a que el hundimiento del Carmel, que es una "catástrofe aún inexplicada", afectó de forma "grave no sólo su esfera patrimonial, sino también muy severamente algo tan personal como el preciado equilibrio psicológico de todo ser humano".

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ya dio en su día la razón a la pareja al reconocerles que no podían volver a su vivienda por las condiciones en las que se encontraba.

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