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La Xunta del PP consintió el plan un mes antes de las elecciones

El 18 de mayo de 2005, un mes antes de que el PP perdiese las elecciones autonómicas, altos cargos de Urbanismo del PP no evitaron la continuidad de los trámites que permitirían desarrollar el complejo inmobiliario de Coto Pinzás. En caso contrario no habría posibilidad de aprobar provisionalmente el planeamiento de Tomiño que se prevé en pocos días, después de que el 9 de mayo acabe el plazo de exposición pública del estudio de impacto medioambiental que aportó la promotora.

Sin poner trabas a la pretendida recalificación de suelo rústico de especial protección y, por consiguiente, a los trámites de la revisión del planeamiento municipal, un informe avalado por técnicos de la entonces Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas sólo advertía que las razones de la modificación puntual del planeamiento urbanístico "deberían quedar suficientemente justificadas" de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley del Suelo. También recordaban los técnicos al Ayuntamiento la necesidad de solicitar informes al Departamento de Dominio Público de Aguas de Galicia, a Patrimonio Histórico, Medio Ambiente y Dirección Xeral de Montes. Firmaron el informe el ex director general de Urbanismo, Martín Fernández; el subdirector general, Vicente Ruíz y el jefe de servicio, José Luis Rodríguez Fernández.

Aunque un año después los informes preceptivos no aparecen incorporados al expediente, fuentes municipales consultadas, indicaron que, aun así, invocando el silencio administrativo, los trámites pueden continuar para que el pleno apruebe la modificación puntual.

Sin embargo, la actual normativa no permite modificación de los planes en suelo rústico a urbano y sólo sería admisible si se justifica la pérdida de los valores rurales, tradicionales, paisajísticos, etnográficos y culturales. En este caso sería necesario obtener el informe favorable de la Comisión Superior de Urbanismo que debería ser emitido en un plazo de seis meses. Transcurrido este tiempo, si no hay informe, se entiende como emitido en sentido desfavorable.

Dudosa utilidad pública

Para el portavoz local del PSdeG, Santiago Vergara, urbanizar en Pinzás es contradecir el artículo 6 del Reglamento de Montes Vecinales de Mano Común que establece que sólo podrán ser objeto de expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social prevalente a las del propio monte. "¿Pero quién se atreve a firmar que una urbanización de 800 chalés es de utilidad pública?", se pregunta el concejal. Para el edil socialista "este proyecto supone en la práctica la desaparición de la parroquia de Pinzás, tal y como hoy la conocemos y sienta un precedente peligroso para el futuro del monte en Galicia, ya que abre una vía para que las comunidades de montes acaben cediendo sus terrenos para urbanizar".

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