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Interior se resiste a repetir un curso de desactivación de explosivos que anuló un juez

El magistrado considera que los profesores fueron elegidos a dedo y sin convocatoria pública

Un juez de lo Contencioso Administrativo de Bilbao ha ordenado a Interior que repita un curso de desactivación de explosivos en el que el departamento eligió por medio de una comisión de servicios a los tres profesores a dedo, sin convocatoria publica y sin que ningún otro candidato pudiera optar a los tres puestos. El juez ordena a Interior iniciar de nuevo la convocatoria y elegir a los profesores "con arreglo a los principios de mérito y capacidad". Sin embargo, la consejería ha rehuido el cumplimiento, argumentando que el curso ya se impartió y "actualmente no es necesario" otro.

El recurso fue presentado ante los tribunales por un miembro de la Unidad de Desactivación de la policía vasca que se sentía discriminado por el método elegido para cubrir los tres puestos de profesor para un cursillo de desactivación de unos seis meses de duración en la Academia de Arkaute. El curso se celebró entre enero de 2005 y junio de ese mismo año.

El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Bilbao, Federico Andrés López de la Riva Carrasco, ha dado la razón al recurrente, al estimar que no se ha "seguido el procedimiento legal", tal y como argumentaba el agente, adscrito también a la Unidad de Desactivación de Explosivos.

El juez entiende que en este caso "nos encontramos ante un caso claro de déficit procedimental", ya que, a "falta de una convocatoria pública, con los límites inherentes al sistema de provisión temporal que una comisión de servicios requiere", la Administración "decide, elige y designa a tres candidatos, sin dar posibilidad a todos aquellos otros que pudieran resultar interesados". Era el caso del agente que recurrió la designación de los tres profesores y al que ahora la sentencia le da la razón. La resolución no era recurrible.

Sin embargo, el Departamento de Interior, que ya defendió en la vista que se había producido una "pérdida sobrevenida del objeto" de la causa, porque el curso ya se había impartido y los tres profesores habían vuelto a sus tareas en la unidad de desactivación, se ha negado a cumplir la orden judicial en su literalidad. Alega que hay una "imposibilidad tanto material como legal de cumplimiento de la sentencia en la forma y términos" establecidos por el juez.

"Potestad organizatoria"

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En una resolución del director de Recursos Humanos de Interior, Juan María Barasorda, de mediados de marzo, se indica,pese a lo que sostiene la sentencia, que "no existe obligación legal por parte de la Administración de convocar proceso baremado para la concesión de comisiones de servicio". Aunque la resolución judicial obliga al departamento a retrotraer las actuaciones al momento inicial del proceso, Interior deja claro que "actualmente no es necesario la convocatoria de un nuevo curso de desactivación de explosivos". La resolución del departamento apunta que, de hacerlo, se generarían "falsas expectativas", porque el curso ya finalizó y fue superado por determinados policías y de esa forma se cubrieron las necesidades que tenía la policía en materia de desactivadores de explosivos.

Además, carga contra la resolución judicial al subrayar que es la Administración la que tiene "potestad organizatoria" para realizar comisiones de servicio y afirmar que cumplir la sentencia "vulneraría el principio de autoorganización administrativa". Aunque reconoce que esa fórmula es un "sistema excepcional de provisión de puestos de trabajo" alega que no se "contraría norma legal alguna". Interior argumenta que el puesto de profesor para dar el curso tiene retribuciones inferiores a las del recurrente, por lo que no cabe indemnizarle, ya que no se le ha generado "ningún perjuicio económico". El afectado presentará la próxima semana un incidente de ejecución de sentencia ante el juez por la "increíble" decisión de Interior de no cumplirla.

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