Una sentencia cuestiona que se expropien montes vecinales para parques eólicos
El Tribunal Superior obliga a a retirar 23 aerogeneradores instalados en Chantada en 2003
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado la declaración de utilidad pública que aprobó el Gobierno de Manuel Fraga para expropiar el monte Argozón, en Chantada, y permitir la construcción de un parque eólico. El fallo, recurrible ante el Supremo, ordena que se retiren los 23 aerogeneradores que se instalaron en la zona. Los magistrados cuestionan que la explotación eléctrica por parte de la empresa Enerfín tenga más interés social que el aprovechamiento "secular" que le dan los vecinos al monte a través del pastoreo y del negocio de la madera.
"A veces los débiles se imponen a los poderosos en los tribunales", proclama José López, el abogado que defiende los intereses de los comuneros del monte Argozón, en el municipio lucense de Chantada. El letrado pide al actual conselleiro de Industria, el nacionalista Fernando Blanco, que no recurra el fallo del Tribunal Superior para no amparar la expropiación "chapucera" que sufrieron los vecinos en 2003. "Sería darle la razón a empresas como Enerfín, que campan a sus anchas y pretenden hacer dinero a costa de los demás", manifiesta el sindicato Unións Agrarias.
En julio de 2003, la Xunta, entonces gobernada por el PP, aprobó la declaración de utilidad pública para permitir la construcción en el monte vecinal Argozón de 23 aerogeneradores. El proyecto estaba promovido por la empresa Enerfín, filial de la multinacional Elecnor, que no llegó a un acuerdo con los propietarios de los terrenos para alquilarles las parcelas. Ante la falta de un pacto, la Consellería de Industria expropió el monte, ubicado dentro de la Red Natura, es decir, dentro de una zona protegida por su valor ecológico.
La comunidad de montes de Argozón, integrada por un centenar de propietarios, presentó un contencioso en el Tribunal Superior contra la declaración de utilidad pública aprobada por Industria para amparar la expropiación de los terrenos. El martes, la más alta instancia de la justicia en Galicia emitió una sentencia en la que anula la resolución porque "no se motiva suficientemente la prevalencia de la explotación energética de la instalación sobre la utilidad pública e interés social".
El fallo cuestiona que la explotación eléctrica que la empresa saca de la instalación eólica tenga más interés social que la "riquez paisajística" y la "productividad del monte" a través de las actividades de pastoreo y del "aprovechamiento de las maderas". La instalación de dicha energía renovable, señalan los magistrados, "no beneficiaría al sector local, sino que se explotaría en perjuicio de la riqueza de territorio de la comunidad autónoma, remitiendo su beneficio a otras partes del territorio nacional". La sentencia argumenta además que existen "otras fuentes similares [de energía] que no perjudican los valores paisajísticos y cinegéticos del monte".
El Tribunal Superior anula la resolución de la Consellería de Industria que permitió la expropiación de los terrenos y acuerda "reponer el monte al estado anterior a la ejecución del parque". Esta decisión judicial supone no sólo la retirada de los 23 aerogeneradores instalados en Argazón sino también el desmontaje de las líneas de intercomunicación y transporte de energía de los cuatro parques eólicos instalados en la sierra de Faro-Farelo, ya que todo este cableado atraviesa el monte afectado por la sentencia.
La comunidad de montes de Argozón no descarta renunciar a la retirada del parque eólico si se les otorga una compensación acorde con los beneficios que generan las instalaciones que construyó Enerfín. José Antonio Diéguez, presidente de Ventonoso -asociación creada por Unións Agrarias para agrupar a afectados por parques eólicos-, reclama a la empresa un millón de euros anuales, es decir, un 1% de su facturación. "El monte lleva ocupado cuatro años y dos años produciendo de manera irregular", señala Diéguez, "esa producción irregular de 10 millones de euros anuales debe ser resarcida a nuestra comunidad".
Unións Agrarias cree que el fallo tendrá consecuencias en otros casos similares y reclama que los jurados de expropiación incrementen la valoración de los terrenos: "Esta sentencia debe servir para que las comunidades de montes y los particulares afectados por instalaciones que aún no se pusieron en marcha sepan que hay defensa posible delante de las empresas concesionarias y la administración y que pueden exigir una compensación justa".
La Xunta estudia el fallo
La Consellería de Innovación e Industria estudia la sentencia que anula la expropiación del monte Argozón que realizó este departamento cuando gobernaba el PP. El bipartito no ha decidido aún si recurrirá el fallo. Mientras medita su decisión, el equipo de Fernando Blanco asegura que con el cambio de gobierno en la Xunta las condiciones para los propietarios de montes en los que se instalan parques eólicos son más favorables.
Según explica la consellería, para declarar ahora la utilidad pública de un parque eólico es preciso que el proyecto sea apoyado por una "mayoría cualificada" de los propietarios de los terrenos. Innovación e Industria argumenta que las empresas necesitan, pues, convencer a un mayor número de personas para construir sus instalaciones, por lo que los dueños de las parcelas están "en una situación más ventajosa para negociar". Unións Agrarias niega que estas modificaciones protejan ahora los derechos de las comunidades de montes.
La compañía Enerfín no había recibido ayer la sentencia, por lo que eludió valorar su contenido.
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