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La lucha contra el terrorismo
Columna
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Deliberar

Josep Ramoneda

De Juana Chaos es un militante de ETA con un pasado sumamente sangriento y cruel, demostrativo de una peligrosa personalidad obsesiva. De Juana Chaos ha estado 18 años en la cárcel, en cumplimiento de las condenas que la justicia le impuso por sus atrocidades. Con ellos, conforme a los diversos beneficios penitenciarios que en estricta aplicación de la ley se otorgaron, ha saldado la deuda penal por su pasado. Ante la proximidad de su liberación, bajo una presión mediática considerable, se empezó a buscar desesperadamente alguna treta legal que permitiera mantenerle en la cárcel. Dos artículos suyos en los que pronunciaba algunas amenazas, especialmente contra responsables penitenciarios, sirvieron para armar un nuevo juicio contra él. De Juana Chaos fue condenado por un delito, que, en definitiva, es de opinión, nada menos que a 12 años de cárcel. Algún sector del Partido Popular y de la AVT consideró que era una minucia. Esta condena no es firme porque está pendiente de recurso. De Juana decidió libremente iniciar una huelga de hambre de protesta. Es un gesto radical que plantea siempre dudas entre los jueces para hacer compatible el principio constitucional que da toda prioridad a la vida con un acto libre que un ciudadano emprende con voluntad de que tenga significación política y simbólica. Ante la agravación de su estado, la fiscalía pide a la Audiencia Nacional que le otorgue la prisión atenuada.

Estos son los hechos. A partir de aquí vienen las interpretaciones. ¿Es la prisión atenuada la opción más razonable? Con todas las cautelas en un caso tan delicado, a mí me parece que sí. Pone en primer plano la protección de la vida, conforme a la jerarquía constitucional, pero al mismo tiempo deja en manos de De Juana la decisión de morir o no morir, sin que el Estado le fuerce en ninguna de las direcciones. Una vez en su casa, fuera del factor de coacción que es un establecimiento penitenciario, si De Juana decide seguir la huelga no habrá ninguna ambigüedad. El Estado habrá hecho lo que tenía que hacer para evitar su muerte, él no habrá querido.

Naturalmente, juegan a favor de la prisión atenuada los antecedentes arriba descritos: la condena no es firme y es fruto de una peripecia indudablemente política, que llevó a una solución desproporcionada. Tampoco puede obviarse el contexto: De Juana Chaos está haciendo un chantaje al Estado. Su muerte daría un mártir al mundo etarra-batasuno, lo cual sólo serviría para añadir leña al fuego de la situación actual. Si los jueces adoptan esta decisión, el Estado no habrá cedido lo más mínimo. Simplemente se habrá confirmado la superioridad moral y humana del Estado de derecho frente a la lógica terrorista.

Mariano Rajoy ha hablado del riesgo de que todos los presos de ETA siguieran el ejemplo. No deja de ser un argumento demagógico. Una huelga de hambre no es un entretenimiento. Muy pocos presos están dispuestos a llevarla hasta el final. Esta generalización del discurso no ayuda a tomar una resolución. Estamos ante un caso concreto y es como tal que hay que tratarlo.

El comportamiento de De Juana Chaos es una muestra de un tipo de mentalidad "atraída por los absolutos, las supuestas certezas morales y las dicotomías simplistas". El filósofo americano Richard J. Bernstein en El abuso del mal, contrapone esta mentalidad "al falibilismo pragmático" que "cuestiona la apelación a los absolutos en la política, que sostiene que no debemos confundir la certidumbre moral subjetiva con la certeza moral objetiva". Y Bernstein concluye que el verdadero choque al que nos enfrentamos no es el de civilizaciones sino el de mentalidades y que tanto el fanatismo como el pragmatismo están repartidos de modo muy transversal en el mundo.

Sin embargo, en un punto me gustaría precisar a Bernstein: es el choque entre absolutos, que realimentan a los fanáticos de cada lado, el que agrava los conflictos y deja a los pragmáticos en un limitado espacio para su juego. En este sentido, frente al ruido ensordecedor de los fanáticos, necesitamos alguna dosis de pragmatismo realista, que aplique la ley con la sutileza y la atención necesaria a los hechos concretos y que no convierta sus certezas en certidumbres absolutas. A menudo olvidamos que éste debería ser el espíritu de toda deliberación democrática.

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